La Corte Constitucional defiende las instituciones
La decisión de la Corte Constitucional de declarar la inexequibilidad de la emergencia económica decretada en diciembre de 2025 no es un asunto menor
La decisión de la Corte Constitucional de declarar la inexequibilidad de la emergencia económica decretada en diciembre de 2025 no es un asunto menor. Envía un mensaje claro y contundente acerca de que en Colombia no se pueden usar las emergencias como mecanismo ordinario para gobernar de espaldas al Congreso de la República. La Constitución es explícita. Los estados de emergencia son mecanismos extraordinarios, no herramientas para reemplazar el debate democrático, cuando en este el Gobierno no logra consensos. Sin embargo, hoy vemos una tendencia preocupante: se decretan emergencias sin sustento suficiente, se anuncian como mecanismo de presión y se utilizan para imponer decisiones de alto impacto económico y social, con graves consecuencias para todos los colombianos. El Decreto Legislativo 173 de 2026, expedido en el marco de la emergencia declarada en febrero de este año, es una muestra de ese desbordamiento. No grava utilidades ni ingresos. Grava el patrimonio, es decir, el capital productivo de las empresas. Obliga a pagar sobre lo que se tiene, no sobre lo que se gana, desconociendo la capacidad real de pago de las empresas y afectando su capacidad de generar empleo, riqueza y bienestar para el país. Las consecuencias de dicha carga extraordinaria e injustificada ya se están viendo. Muchas empresas han tenido que cubrir este impuesto con recursos destinados a nómina, proveedores o inversión. No es un ajuste menor, es una presión directa sobre la liquidez. Y para muchas, la siguiente cuota puede convertirse en un punto de quiebre. Cuando se castiga el patrimonio, se frena la inversión, se aplaza el crecimiento y se pone en riesgo el empleo. Esto no es una discusión ideológica, es una realidad económica. Aún más grave es el posible inicio de actuaciones contra empresas que no pudieron pagar, incluso cuando han acudido a la justicia. Así, el riesgo deja de ser individual y se vuelve sistémico. Todo esto ocurre en medio de una caída en la confianza del país, reflejada en la rebaja de su calificación crediticia. Persistir en este camino solo agrava el problema. El déficit fiscal, impulsado en gran medida por el crecimiento desbordado del gasto del Gobierno Nacional, no se corrige con atajos, sino con disciplina fiscal, ahorro del Estado y decisiones responsables. Y en este gobierno no se ha visto ahorro en el gasto público, ya que, según cifras oficiales, se han creado 40.533 nuevos cargos y 6.834 nuevos contratos de prestación de servicios. En términos de personas, se ha pasado de 11.851 a 18.685 contratistas, lo que equivale a un crecimiento aproximado del 57,7 % en solo tres años. Por eso, respetuosamente, desde el Consejo Gremial reiteramos que una suspensión temporal de los efectos del Decreto 173 sería una medida responsable para evitar que esta medida siga generando daños mientras se adopta una decisión de fondo. La Corte ha demostrado ser un pilar de estabilidad institucional. Hoy tiene la oportunidad de reafirmarlo, no solo con un fallo de fondo, sino con un control oportuno. Porque cuando las decisiones llegan tarde, el daño ya está hecho. Colombia no puede normalizar la excepción. No puede debilitar su institucionalidad para resolver problemas fiscales. Y no puede poner en riesgo el aparato productivo en nombre de la urgencia. La Corte tiene hoy una responsabilidad clave: proteger la Constitución, pero también evitar que el daño sea irreversible. * Presidenta del Consejo
Gremial Nacional
La excepción no es la regla
Natalia Gutiérrez Jaramillo*