Iniciativa . La propuesta busca regular un mecanismo similar a las garantías que actualmente <2028> se acuerdan en los contratos de alquiler. El dictamen <2028>ya ha sido aprobado en una comisión del Parlamento.
La Comisión de Justicia del Congreso aprobó un dictamen que propone incorporar en el Código Civil la figura de una fianza arrendaticia aplicable a los contratos de alquiler.
La iniciativa, impulsada por el congresista Roberto Kamiche, establece que el arrendador podrá pedir al inquilino un monto de hasta tres meses de renta, en dinero, para cubrir posibles deudas, servicios impagos o daños al inmueble, el cual deberá devolverse al finalizar el contrato si no existen pendientes.
Según especialistas, en la actualidad la ley no regula de manera específica esta figura dentro del arrendamiento, por lo que el monto, uso y condiciones de lo que en el mercado se conoce como una garantía dependen de lo que acuerden las partes.
En concreto, la fianza arrendaticia que plantea la iniciativa legislativa es similar a la figura de garantía que se suele establecer actualmente en un contrato de alquiler.
Luis Aliaga, asociado principal de Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría, explicó que la propuesta no coincide con la definición tradicional de fianza en el Código Civil. ?Esta diferencia puede generar cierta confusión conceptual y plantea dudas sobre si el lugar elegido dentro del Código Civil es el más adecuado para regular este tipo de garantía?, indicó.
En la misma línea, Alejandro Fuller, asociado principal de Payet, Rey, Cauvi, Pérez, consideró que el proyecto parte de una base equivocada, pues ?incurre en un error conceptual al asumir que la fianza y los mecanismos de garantía que se usan en los contratos de arrendamiento son lo mismo?.
El especialista precisó que la fianza implica la participación de un tercero, mientras que en los alquileres lo habitual es que el propio inquilino entregue una suma de dinero como respaldo.
Aliaga anotó que la propuesta introduce reglas que actualmente se definen libremente entre las partes, lo que podría reducir ese margen de negociación. Fuller coincidió en ese punto y advirtió que establecer límites rígidos podría no ser adecuado en todos los casos.
Por su parte, Yuri Vega, socio principal del Estudio Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera, cuestionó la utilidad de la iniciativa al considerar que no introduce cambios sustanciales. Subrayó que la discusión debería centrarse en mecanismos más eficaces para recuperar los inmuebles ante incumplimientos. <FFFC>