Sábado, 09 de Mayo de 2026

Justicia por mano propia: condenan a propietario que retiró pertenencias de inquilinos tras atraso de 4 días

UruguayEl País, Uruguay 9 de mayo de 2026

La fiscal Cabrera destacó la "actitud hostil" de los implicados, quienes se negaron a dialogar con efectivos policiales que intentaron mediar.

El propietario de una vivienda fue condenado penalmente tras retirar las pertenencias de sus inquilinos y trasladarlas a un depósito sin permitirles a ellos el acceso. Durante la audiencia del acuerdo abreviado, el fiscal Diego Pérez señaló que el origen del conflicto "estaría vinculado con los pagos de los alquileres", según el registro de la audiencia al que accedió El País.

Tras la imputación inicial en diciembre de 2024, cuando la fiscal Romina Cabrera señaló que el atraso en el pago era de apenas cuatro días, el proceso culminó casi un año y medio después. El pasado 27 de abril, el juez Alejandro Asteggiante homologó el acuerdo abreviado por el cual el hombre fue condenado por un delito de justicia por mano propia. La pena impuesta consiste en el pago de 20 Unidades Reajustables (unos $ 38.000).

El incidente ocurrió la tarde del 14 de octubre de 2024 en la vivienda en cuestión, en el barrio de La Teja. Según la denuncia, la pareja damnificada arrendaba la propiedad desde hacía seis meses al ahora condenado y a su hijo por un monto de $ 20.000 mensuales, bajo un acuerdo de palabra. En aquella jornada, ambos hombres exigieron entrar al domicilio y trasladaron las pertenencias de las víctimas hacia un depósito de la zona.

A diferencia de su padre, el hijo del propietario evitó el antecedente penal tras alcanzar un acuerdo reparatorio a fines de 2025, mediante el pago de $ 70.000 a las víctimas. En tanto, su progenitor fue condenado la semana pasada y la pena impuesta se limitó a una multa económica.

Durante la imputación a fines de 2024, la fiscal Cabrera aportó detalles adicionales sobre el episodio. Relató que las víctimas se enteraron de lo que ocurría gracias a un llamado telefónico de su hijo de 16 años. Según el testimonio de los damnificados citado por la fiscal, el propietario y su hijo les exigieron la entrega de las llaves bajo el argumento de que el pago del alquiler presentaba un retraso de cuatro días.

La fiscal Cabrera destacó la "actitud hostil" de los implicados, quienes se negaron a dialogar con efectivos policiales que intentaron mediar. Según la fiscalía, el hijo del propietario buscó hacer gala de sus contactos al asegurar que su madrina era comisario mayor, en lo que fue descrito como un intento de "tráfico de influencias".

La situación se agravó con el tiempo, al punto que dos meses después del incidente, las víctimas seguían sin recuperar sus pertenencias, entre las que se encontraban documentos personales e insumos médicos esenciales para su hija menor, quien padecía una enfermedad. En ese momento, se les había impuesto a ambos la prohibición de comunicarse con las víctimas.

El delito y el acuerdo

De acuerdo al artículo 198 del Código Penal, comete el delito de "justicia por la propia mano" el que "con el fin de ejercitar un derecho real o presunto, se hiciera justicia por su mano, con violencia en las personas o las cosas, en los casos en que puede recurrir a la autoridad, será castigado con 20 a 800 unidades reajustables de multa. Concurre la violencia en las cosas, cuando se daña, se transforma o se cambia su destino". En este caso, se impuso la pena mínima.

Además, el caso se saldó mediante un acuerdo abreviado. Esto significa que el imputado aceptó los hechos que la Fiscalía le atribuía y renunció a su derecho a ir a juicio oral y demostrar su inocencia. Al aceptar esta posibilidad, a la hora de negociar el acuerdo con Fiscalía, puede pedir una rebaja de hasta un tercio de la pena que el Ministerio Público fuera a pedir si fueran a juicio.

Estos acuerdos son homologados por los jueces como lo hizo en este caso Asteggiante quienes condenan a la persona en el acto, tras recabar su conformidad y que su voluntad es libre. En esa instancia no se exponen pruebas, porque la persona ya asumió su culpabilidad.

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