Pensiones de aviadores Civiles, a Colpensiones
El Ministerio de Hacienda emitió un proyecto de decreto para ordenar el traslado total de las obligaciones pensionales de la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles ‘Caxdac’ a Colpensiones
El Ministerio de Hacienda emitió un proyecto de decreto para ordenar el traslado total de las obligaciones pensionales de la Caja de Auxilios y de Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles ‘Caxdac’ a Colpensiones. Esto se realizaría ante el riesgo de que la entidad no pueda continuar operando administrativamente y se afecte el pago oportuno de las mesadas. La propuesta busca garantizar la continuidad del servicio pensional para afiliados y pensionados de la caja de aviadores civiles. El proyecto establece una "conmutación pensional" mediante la cual Colpensiones asumiría de manera integral tanto la administración de la nómina de pensionados como el reconocimiento de nuevas pensiones a cargo de Caxdac. El documento advierte que existe un "riesgo inminente de suspensión en la gestión de reconocimiento y/o pago de las obligaciones pensionales" debido a las dificultades financieras que enfrenta la entidad. La memoria justificativa del decreto sostiene que el problema no está relacionado con la existencia de recursos para cubrir las pensiones ya reconocidas, sino con la imposibilidad de financiar la operación administrativa de la caja. Según el texto, la propia Caxdac informó oficialmente que solo cuenta con recursos suficientes para sostener su funcionamiento durante el año 2026. El Gobierno argumenta que la medida es necesaria para evitar cualquier interrupción en el reconocimiento y pago de las obligaciones pensionales. "Es necesario adoptar un mecanismo que garantice la continuidad, oportunidad y protección de los derechos adquiridos de los pensionados y sus sustitutos", señala el documento preparado por el Gobierno. La propuesta establece que Colpensiones absorbería completamente la operación de Caxdac, incluyendo afiliados activos, pensionados, archivos físicos y digitales, historias laborales y procesos judiciales en curso. El traslado también contempla que la administradora pública asuma la posición procesal de la entidad en litigios vigentes, tanto en calidad de demandante como de demandada. El documento dice que la conmutación pensional está previsto en el Decreto 1833 de 2016 para trasladar pasivos pensionales de entidades públicas o privadas que no pueden seguir administrando sus obligaciones. La figura no crea nuevos derechos pensionales ni amplía el número de beneficiarios, sino que busca garantizar la continuidad del sistema mediante el traslado de recursos y obligaciones actuariales.