Miércoles, 20 de Mayo de 2026

Gratuidad: arbitrariedades costosas

ChileEl Mercurio, Chile 20 de mayo de 2026

Si no es posible, por falta de acuerdo, reemplazar esta política, se requieren al menos cambios que moderen sus efectos negativos.

La Ley de Educación Superior de 2018, que definió la gratuidad, estableció también los criterios generales para determinar los aportes por este concepto y la institucionalidad responsable. De este modo, mandató a la Subsecretaría de Educación Superior para que elaborara las bases técnicas que permitiesen el cálculo de tales aportes. Estas bases, previa consulta a las instituciones de educación superior, deben ser sometidas a la revisión de una comisión de expertos independientes. Si la comisión formula observaciones, la Subsecretaría debe enviar una nueva propuesta que se haga cargo de las modificaciones sugeridas o las rechace fundadamente. Frente a la nueva propuesta, corresponde también un pronunciamiento de la comisión y la ley postula que ella será vinculante.
Este aspecto legal es clave para entender el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, luego ratificado por la Corte Suprema, que acogió un recurso de protección del Instituto Profesional Santo Tomás y, como tercero coadyuvante, del Duoc. La acción iba dirigida en contra de una decisión de la Subsecretaría que modificó, sin consulta a la comisión, las bases técnicas de 2024 que sirvieron de referencia para la determinación de los aportes por gratuidad (o aranceles regulados) del año 2025. Dichas bases contemplan procesos muy complejos que suponen una serie de ajustes a la información de costos que recibe la autoridad desde las instituciones. Ello, pues se aspira a que los aranceles regulados reflejen el "verdadero" costo de la docencia de pregrado. En este proceso, se realizan una serie de supuestos que son objeto de cuestionamientos por parte de las instituciones; es para evitar arbitrariedades que precisamente se someten al escrutinio de la comisión de expertos. Una vez obtenidos los costos de referencia, estos son ponderados por un indicador que refleja las características de cada institución; entre ellas, su tamaño. Pues bien, en el proceso 2024, en su parte final, la Subsecretaría decidió cambiar el criterio que definía a una institución como grande y, además, reducir el peso relativo de este atributo. El resultado fue un "castigo" en el arancel regulado de los institutos profesionales de mayor tamaño. La decisión, sin embargo, nunca fue fundada ni sometida al escrutinio de los expertos, y en este hecho se fundó la resolución de la justicia que la declaró ilegal y arbitraria. Ahora el Estado tendrá que restituir las diferencias de valor por el año 2025 y aportar además nuevos fondos para 2026, para suplementar los faltantes (el presupuesto de este año está elaborado con los aranceles mal calculados). Según estimaciones de las actuales autoridades, los montos sumarían $39 mil millones.
Seguramente, estas cuestionadas decisiones del gobierno anterior estuvieron influidas por la necesidad de darle sostenibilidad a la gratuidad, pero los perjuicios para el desarrollo de las instituciones afectadas son evidentes. Esta tensión es una de las tantas razones por las que la política de gratuidad puede terminar siendo altamente inconveniente para el país, sobre todo si se considera que los aranceles son, por lejos, la principal fuente de financiamiento de nuestra educación superior. Si no es posible, por falta de acuerdo político, reemplazar esta política, se requieren al menos cambios institucionales que moderen sus efectos negativos. Entre ellos, un sistema de aseguramiento de la calidad que permita una pluralidad de misiones. En la actualidad hay una presión, vía regulación, para que todas las universidades tengan grados relevantes de complejidad y todos los institutos profesionales realicen innovación. Ello encarece innecesariamente el sistema y hace más difícil perseguir objetivos distintos al de la docencia de pregrado. También es fundamental entregarles más oportunidades a las instituciones para defender sus aranceles efectivos frente a un panel de expertos independiente que pueda zanjar diferencias entre el Estado y ellas.
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