Milei flexibiliza
la ley minera para atraer capitales
El Gobierno argentino flexibilizó este martes el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera, vigente desde hace más de tres décadas, con el objetivo de atraer nuevas inversiones en minerales estratégicos como litio, cobre, oro y plata
El Gobierno argentino flexibilizó este martes el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera, vigente desde hace más de tres décadas, con el objetivo de atraer nuevas inversiones en minerales estratégicos como litio, cobre, oro y plata. La medida modifica los requisitos de inscripción de empresas y prestadores de servicios, amplía el alcance de la integración regional de proyectos y actualiza beneficios fiscales para el sector. La decisión quedó oficializada mediante un decreto firmado por el presidente Javier Milei y publicado en el Boletín Oficial. La norma reemplaza la reglamentación de 1993 de la Ley de Inversiones Mineras y redefine distintos procedimientos para el desarrollo de la actividad, en línea con la estrategia del Ejecutivo de reducir trabas administrativas y promover el ingreso de capitales. Entre los cambios más relevantes figura la modificación de los requisitos para la inscripción de empresas mineras y proveedores de bienes y servicios. Los nuevos proyectos mineros deberán acreditar la titularidad de los derechos mineros y presentar los lineamientos básicos del emprendimiento, mientras que los prestadores tendrán que demostrar que un porcentaje mínimo de su facturación proviene de actividades vinculadas al sector. Asimismo, el decreto incorpora un mecanismo de intimación, suspensión y eventual exclusión del registro para aquellos proveedores que incumplan las obligaciones establecidas. Amplían beneficios e integración regional Otro de los cambios centrales es la ampliación del concepto de integración regional. A partir de ahora, el límite territorial para considerar integrados los proyectos mineros se extiende hasta 500 kilómetros, con el propósito de fortalecer la cadena productiva mediante una mayor articulación entre yacimientos, plantas de procesamiento e infraestructura asociada. En el plano tributario, la norma redefine la fecha de inicio de los proyectos a efectos de acceder a los beneficios fiscales. Esta quedará determinada por la presentación del estudio de factibilidad o de la información complementaria que haya permitido su aprobación. El decreto también agiliza la devolución anticipada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) durante la etapa de exploración. Para ello, limita la documentación exigida a facturas y comprobantes de pago y elimina la obligación de informar previamente los trabajos exploratorios. En materia de importaciones, sustituye el sistema de autorizaciones previas por una declaración jurada del importador sobre el destino minero de los bienes, la cual será validada automáticamente mediante un sistema informático, con el fin de reducir tiempos y costos administrativos. En el ámbito ambiental, la normativa establece que el Seguro Ambiental Obligatorio podrá utilizarse, previa evaluación de la autoridad competente, para cumplir con el requisito de previsión financiera destinado a la reparación de eventuales alteraciones o daños al medio ambiente. Según el decreto, las modificaciones buscan "consolidar un marco reglamentario moderno, ágil y transparente, que brinde la seguridad jurídica necesaria para atraer las inversiones que el sector minero requiere para su desarrollo". El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, respaldó la iniciativa y aseguró, a través de su cuenta en la red social X, que los cambios "permiten simplificar, reducir costos y bajar la incertidumbre asociada a cada intervención de las entidades estatal". "Menos trámites es menos riesgo y mayor estabilidad jurídica", afirmó el funcionario.