Los abogados y sus conductas
En esta materia, la alternativa de la pasividad no está disponible: si no se elevan los estándares, ellos necesariamente decaerán.
Casi tres años después del escándalo por la difusión de una conversación en la que un empresario y dos abogados, entre ellos el conocido penalista Luis Hermosilla, discutían abiertamente sobre la comisión de delitos de corrupción, el Colegio de Abogados acordó expulsar a este último de la orden. La sanción parece inexplicablemente tardía, pues desde que fue formalizado por primera vez en agosto de 2024, no ha cambiado sustancialmente su situación procesal, salvo por la formalización de otras aristas similares y la sustitución de la cautelar de prisión preventiva por un arresto parcial. ¿Acaso el audio revelado, cuya autenticidad nunca fue controvertida, no era por sí mismo suficiente para adoptar esa decisión?
Este y otros casos de notorio mal comportamiento de abogados muestran, por contraste, la importancia que esta profesión tiene para el funcionamiento de las instituciones democráticas, tanto si el abogado se desempeña como juez, fiscal, defensor o asesor corporativo, gerente legal de una gran empresa, como también cuando, junto con personas de otras profesiones u oficios, forma parte de directorios, comisiones legislativas u otras instancias colegiadas que pueden verse beneficiadas si cuentan entre sus integrantes con abogados rectos, criteriosos y con sentido de la justicia. Así como detrás de casi todos los escándalos de corrupción y delincuencia económica hay uno o varios abogados, en muchos otros casos el consejo oportuno de un profesional del derecho ha sido crucial para evitarlos. La enorme importancia de esta labor interpela a las instituciones que inciden o pueden incidir en la formación de los abogados y orientar su conducta profesional, como las facultades de Derecho y, desde luego, los colegios profesionales. Hay un asunto de bien público comprometido en que estas instituciones funcionen correctamente y cumplan su función.
Por todo ello resulta indispensable atender a las señales de deterioro y adoptar desde ya las medidas para enmendar el rumbo. La presidenta de la Corte Suprema dedicó este año un capítulo especial de su discurso inaugural a advertir sobre las deficiencias en la formación y conducta de los abogados litigantes. Las voces que critican la irrelevancia en que ha caído el Colegio de Abogados, e incluso el recelo que despierta en no pocos profesionales jóvenes, también han de servir como señales de alerta. Desde luego, no es fácil dirigir o alcanzar consensos en una institución tan diversa y potencialmente conflictiva como el Colegio, y la masificación de las carreras de derecho con que deben lidiar las universidades es una carga pesada. Pero la alternativa de la pasividad simplemente no está disponible, pues en esta materia, si no se elevan los estándares, ellos necesariamente decaerán. Si se admite en el Colegio a personas de notoria mala conducta, o se tolera que las decisiones sean adoptadas por personas con evidentes conflictos de interés, o se acepta que la orden guarde silencio ante situaciones o debates públicos que inciden directamente en las materias que debería resguardar, de nada servirá -es más, será para peor- que se sacrifique la libertad de asociación estableciendo colegiaturas obligatorias, o que se le dé por ley a una corporación privada una especie de jurisdicción ética capacitada para imponer graves sanciones. Y si la misma judicatura no sanciona enérgicamente el mal comportamiento de litigantes y funcionarios que se exhibe sin tapujos ante sus propios ojos, no pueden después los jueces quejarse de que estas conductas tengan lugar.
Un paso en la dirección correcta parece ser el proyecto de tutela ética en manos de los tribunales ordinarios que está impulsando el Gobierno. Es importante que se tome en serio, se tramite adecuadamente y se perfeccione -por ejemplo, incorporando entre los sujetos pasivos a los funcionarios judiciales a partir de cierto nivel- para contar lo antes posible con una herramienta a la altura de la trascendencia que tiene la profesión de abogado para el funcionamiento del Estado y sus instituciones.