Viernes, 10 de Julio de 2026

¿Quiénes podrán acceder a las consultas civiles del TSE con información más amplia? Esto es lo que se sabe hasta ahora

Costa RicaLa Nación, Costa Rica 10 de julio de 2026

El TSE anunció que restringirá el acceso a las consultas civiles y creará perfiles diferenciados para algunos usuarios. Esto es lo que se sabe hasta ahora sobre quiénes podrán consultar información.

Tras anunciar una restricción en el acceso a las consultas civiles en su sitio web, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) informó de que hará excepciones con algunos grupos sí podrán consultar información más amplia. Esto es lo que se sabe.

¿Quiénes podrán acceder?

Según el TSE, se diseñarán perfiles de acceso con distintos niveles de consulta para abogados, notarios públicos e instituciones, organizaciones o funcionarios que, por razones de interés público y en el ejercicio de competencias legalmente atribuidas, necesiten acceder a información más amplia.

La asignación de estos perfiles deberá ajustarse a los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y requerirá la autorización previa del Tribunal Supremo de Elecciones.

El TSE no detalló cuáles serán las otras profesiones, instituciones o funcionarios que podrán acceder al registro ni cómo será ese proceso.

Los magistrados instruyeron a las direcciones generales de Estrategia Tecnológica y del Registro Civil a poner en práctica los cambios en un plazo máximo de 45 días naturales.

La Nación remitió consultas a ese órgano. Al cierre de edición, se encuentran en trámite.

¿Qué cambiará ahora?

El TSE establecerá un registro previo, como requisito para acceder a la consulta de información en la página web institucional, mediante la creación de un usuario, de forma similar al mecanismo implementado por el Registro Nacional.

Se anonimizarán lo relativo a matrimonios y divorcios de manera que, en las consultas web, únicamente se visualice el historial correspondiente, sin mostrar información personal de terceras personas.

Esta anonimización también se aplicará a la información desplegada en las certificaciones registrales digitales. En cambio, las certificaciones físicas emitidas tanto en la sede central como en las 32 sedes regionales sí incluirán la información completa, sin anonimizar.

Se excluirá, además, el dato relativo a los hijos e hijas.

¿Por qué estos cambios y a partir de cuándo?

"En el contexto global actual, propio de la era digital, nuestro país no está exento del fenómeno de cibercrimen y de los riesgos asociados a las estafas informáticas, suplantación de identidad, phishing, vishing, smishing y el mal uso de la ingeniería de datos", explicó el TSE como el motivo que llevó a los magistrados a tomar esa decisión. en un comunicado.

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