Cortapisas a la reforma notarial
La deficiencia legislativa debe corregirse, pero mirando hacia el nuevo sistema y no reanimando el anterior.
La implementación de la reforma al sistema notarial ha tropezado con un primer problema no previsto por el legislador: qué hacer con los concursos iniciados antes de la entrada en vigencia de la nueva ley. La falta de una regla transitoria clara abrió una controversia sobre las 57 ternas ya confeccionadas por las Cortes de Apelaciones bajo el procedimiento antiguo.
Para resolver la situación, en el Senado se presentó una moción que busca validar esas ternas y permitir que los nombramientos pendientes sigan rigiéndose por el sistema anterior. Quienes la apoyan invocan la seguridad jurídica, la validez de las actuaciones ya realizadas y la necesidad de evitar que cargos permanezcan indefinidamente en calidad de suplentes. Reiniciar los procesos, sostienen, sobrecargaría al Servicio Civil y demoraría nombramientos.
Pero esos argumentos no pueden hacer olvidar el propósito central de la reforma. El nuevo modelo fue aprobado precisamente para sustituir un mecanismo discrecional, expuesto a redes de influencia, conflictos de interés y escaso control público. Aprobar ahora una ley para conservar las ternas antiguas significaría inaugurar la nueva institucionalidad mediante una excepción que reproduce las prácticas que se quiso superar.
Una terna no confiere un derecho adquirido al nombramiento respectivo, sino que es una etapa dentro de un procedimiento inconcluso. Y tampoco bastaría con revisar si sus integrantes cumplen las nuevas inhabilidades, como se propone, porque la reforma es mucho más que eso, pues busca que la selección se realice mediante evaluaciones objetivas, comparables y ordenadas por mérito.
La deficiencia legislativa debe corregirse, pero mirando hacia el nuevo sistema y no reanimando el anterior. La solución más consistente es trasladar estas vacantes al procedimiento reformado, otorgándoles prioridad para evitar demoras. Así, el costo administrativo sería menor que el daño institucional de aprobar una excepción destinada a preservar procesos nacidos bajo las reglas que se decidió reemplazar.
Las reformas se ponen a prueba en su aplicación, y si el nuevo régimen notarial comienza cediendo frente a las presiones de siempre, su señal inaugural será de debilidad. La seguridad jurídica importa, pero no puede convertirse en pretexto para frustrar el sentido de una reforma que costó mucho aprobar y que, de hecho, constituye una versión menor y más acotada de la propuesta original, que no solo se refería al sistema de nombramiento de los notarios, sino al funcionamiento del sistema notarial en su conjunto.