La disputa con el fisco que afrontan los nuevos dueños de Movistar Chile
La operadora adeudaba cerca de US$ 4 millones por impagos a la Tesorería General de la República. La firma solicitó prescribir parte de este monto.
Pese a que la española Telefónica puso fin a su etapa de 35 años en Chile, tras enajenar su operación a Millicom en febrero por más de US$ 1.200 millones, la firma aún permanece dando algunas batallas en tribunales locales.
En una disputa legal hasta ahora desconocida, que ahora es asumida por los nuevos dueños de Movistar Chile -pronto pasará a ser denominada como Tigo Chile-, la empresa se encuentra litigando contra la Tesorería General de la República (TGR) debido a una deuda por el no pago de derechos por uso de espectro radioeléctrico en el país.
El pasado 8 de julio, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de casación presentado por Telefónica Móviles Chile, que buscaba revertir la sentencia de primera instancia en el 19º Juzgado Civil de Santiago, dictada el 12 de diciembre del 2025, que la obligaba a pagar un monto adeudado que asciende a 52.295 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), en torno a US$ 4 millones al tipo de cambio actual.
Lo anterior, por impagos a beneficio fiscal por los derechos por utilización del espectro radioeléctrico entre 2013 y 2021. La operadora pretendía anular la sentencia solicitando la prescripción de una parte del monto adeudado, entre los años 2013 y 2019, argumento que no fue acogido por el 19º Juzgado Civil de Santiago ni por la Corte de Apelaciones.
En su resolución, el tribunal civil sostuvo que "el plazo para que opere la prescripción de las acciones en contra de la ejecutada de esta causa es de 3 años contados desde que se debió realizar el pago de los impuestos". En ese sentido, concluyó que al haber sido notificada del vencimiento del pago el 31 de diciembre de 2023, "fueron notificados y requeridos de pago con fecha 05 de enero de 2024, no habiendo transcurrido más de tres años desde la fecha en que se hizo exigible a la fecha de notificación y requerimiento, por lo cual habrá de rechazarse como se dirá en lo resolutivo de la presente sentencia".
Consultada al respecto, Telefónica Chile no entregó comentarios al respecto.
Desde la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) señalaron que el perjuicio que causa esta situación es que "el Estado deja de percibir un gravamen por el uso de un bien nacional de uso público escaso, como es el espectro radioeléctrico (...). Eso afecta la recaudación fiscal y también la equidad del sistema frente a quienes sí cumplen".
"Iniciamos una revisión exhaustiva en coordinación con Tesorería y el SII, para identificar y regularizar los gravámenes pendientes", afirmó la cartera liderada por la subsecretaria Romina Garrido.
Origen del caso
La contienda se remonta algunos años atrás, cuando el grupo español era propietario de Telefónica Chile. El 13 diciembre de 2022, la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en ese entonces liderada por Claudio Araya, envió una misiva en la cual informaba a Telefónica Móviles Chile de "una deuda de cobros por derechos de utilización del espectro radioeléctrico". En ese contexto, solicitó regularizar la situación cancelando el monto adeudado ante la Tesorería General de la República hasta el 31 de diciembre del 2023.
Por su parte, Telefónica respondió el 30 de diciembre de 2022 que si bien reconoce que sus "obligaciones como concesionaria de servicio público de telecomunicaciones es pagar los derechos por el uso de espectro radioeléctrico", afirmó que requería "contar con el detalle de la liquidación para los efectos de verificar si el monto se encuentra correcto".
En ese contexto, TGR emitió un formulario por un monto de 52.295 UTM, con fecha 13 de febrero de 2023, cuyo vencimiento se dispuso a fines de ese año.
Al no materializarse el pago, Tesorería incluyó a Telefónica dentro de la nómina de deudores morosos el 4 enero de 2024. A fines de ese mes, la operadora solicitó la prescripción respecto del período 2013 a 2019, lo que sumaba 39.398,92 UTM. Es decir, estimó que correspondía pagar solamente los derechos de uso por los años 2020 o 2021 (12.896 UTM).
En su presentación ante la TGR, Telefónica planteó que dentro del género de los tributos, "los derechos por uso de espectro radioeléctrico constituyen tasas, ya que son motivadas por actividades administrativas de las que emana un beneficio o ventaja especial para una concreta persona o por el uso de bienes públicos por un particular (...). Así lo ha ratificado la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, señalando que "no pueden considerarse como impuestos ni contribuciones".
"No es posible aplicar los artículos 200 y 201 del Código Tributario a este tipo de derechos, atendido a que no constituyen impuestos (...). Así, a falta de otra norma expresa, resulta aplicable el plazo de prescripción extintiva para las acciones ejecutivas establecidas en el Código Civil", arguyó la firma. En esa línea, señaló que "el plazo de prescripción de la acción ejecutiva de cobro de derechos por espectro radioeléctrico es de tres años, por lo que es improcedente el cobro del período 2013 a 2019".
Esta mirada fue presentada por el equipo legal de Telefónica durante la disputa en tribunales civiles, solicitando que el cobro sea rechazado "en todas sus partes y que se declare que se acoge la excepción de prescripción extintiva".
Señaló que la pretensión del cobro "simplemente no puede prosperar, en tanto que los derechos que se están sometiendo a cobro se encuentran prescritos, pues datan de hace más de 3 años".