Cómo migraciones indaga en empresas de transporte posibles anomalías en ingreso de extranjeros
Autoridad migratoria asegura que actúa una vez que PDI realiza las denuncias respectivas. Agrega que hay procesos en curso contra otras líneas aéreas y firmas de transporte terrestre de pasajeros.
El embargo de cuentas corrientes comunicado por el Servicio Nacional de Migraciones (Sermig) contra la aerolínea Jetsmart generó turbulencias en la industria aérea.
La retención de $781 millones (10.820 UTM) fue ejercida por la entidad liderada por Frank Sauerbaum por concepto de multas cursadas entre 2023 y 2025, debido a eventuales infracciones a la legislación migratoria.
En Sermig aseguraron que las infracciones consistían en el transporte de pasajeros extranjeros hacia Chile que no contaban con la documentación requerida para ingresar al país, así como también por no entregar el listado de pasajeros embarcados.
Si bien prefieren no hablar sobre este caso en público, cercanos al sector aéreo advierten que es un tema complejo para el rubro.
Fuentes de la industria aseguran que todas las aerolíneas tienen protocolos de seguridad y de revisión documentaria, cumpliendo con lo establecido en las leyes de cada país donde operan para el tránsito migratorio.
En este contexto, indican que a pesar de que el caso de Jetsmart tomó notoriedad pública tras el comunicado de Sermig, afirman que estos episodios de multas por documentación son habituales y transversales, aunque representan una proporción menor a la cantidad de pasajeros que se transportan al año.
El procedimiento
Desde Sermig explican que el procedimiento ejercido se inició luego de recibir denuncias por parte de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) al respecto.
"PDI es la encargada de verificar el control migratorio. Es la Policía de Investigaciones la que denuncia a las aerolíneas que transportan pasajeros inadmisibles, que no cumplen con los requisitos de ingreso", señalaron en la cartera.
Sermig explicó que "si en el control migratorio se verifica que no se cumple con alguno de los requisitos, por ejemplo, no trae el visado, que no trae un documento de identidad válido vigente, que en el caso de los niños, por ejemplo, no trae las autorizaciones, lo declara como un pasajero inadmitido".
En ese caso, indicó que se "prohíbe el ingreso a la persona, se lo devuelve a la aerolínea, y es ahí cuando la PDI denuncia a la aerolínea al servicio a través de un oficio ordinario".
Luego de ese acto, Migraciones inicia un "procedimiento de dictar un oficio a la aerolínea, donde se le notifica del hecho en específico por el cual se infringió la normativa". En ese escenario, otorgan un plazo de "10 días hábiles para que entreguen los descargos, se analizan los antecedentes y, si corresponde, se dicta la resolución de multa". Estas multas van desde 1 a 20 UTM por pasajero.
En la Ley de Migración y Extranjería también se establece que las empresas de transporte aéreo deben cumplir con la obligación de presentar a la autoridad contralora el listado de pasajeros, o la Información Anticipada de Pasajeros o API (Advance Passenger Information) y el Registro de Nombres de Pasajeros o PNR (Passenger Name Record), tanto para viajes que se realicen desde o hacia el extranjero como dentro del país.
El otro motivo de sanción contra las empresas aéreas es la negativa a la reconducción, a su propio costo y sin responsabilidad para el Estado, a los pasajeros cuyo ingreso al país haya sido rechazado. Esta medida debe efectuarse en un plazo de 24 horas. Las sanciones por esta causal están en un rango de entre 30 y 100 UTM.
Tras anunciar la retención de cuentas contra Jetsmart, en la autoridad migratoria advirtieron que era la primera vez que en la administración de José Antonio Kast utilizaban este recurso contra una empresa. Si bien señalan que existen otros procedimientos contra otras aerolíneas, no entregaron mayores detalles al respecto debido a que se encuentran en curso. También afirman que existen procesos con empresas de transporte terrestre de pasajeros por motivos similares.
La controversia
Rodrigo Hananías, abogado experto en derecho aeronáutico y fundador de Aerolegal, asegura que la autoridad está cumpliendo con sus atribuciones, aunque "lo que no había ocurrido hasta ahora, al menos según los antecedentes que conozco, es una controversia de esta naturaleza y magnitud por la entrega tardía de formularios generales de vuelo". Lo anterior, considerando que existen acciones judiciales y embargo de cuentas bancarias.
Sobre el caso de Jetsmart, Hananías indicó que se debe revisar la composición de la multa: 10.040 UTM (el 92,8% del total) corresponden a solo dos sanciones (una por 1.650 UTM y otra 8.390 UTM) originadas por el envío tardío de siete declaraciones generales de vuelo (Gendec)".
"La defensa de Jetsmart sostiene que, pese al retraso de esos siete formularios, la información individualizada de los pasajeros había sido remitida oportunamente mediante los sistemas electrónicos previstos para ello (API/PNR)".
En este contexto, indicó que Gendec posee información general del vuelo, mientras que los otros mecanismos (API/PNR) proporcionan información más detallada para identificar individualmente a cada pasajero.
"La controversia jurídica consiste en determinar si el retraso en la entrega de esos formularios, regulados por el Reglamento de Facilitación del Transporte Aéreo Internacional del Ministerio de Transportes, puede ser sancionado por Sermig como una falta de entrega de la información de pasajeros contemplada en la legislación migratoria", planteó Hananías.
El abogado destacó que una de estas sanciones (1.650 UTM) está judicializada, con fallo favorable para Jetsmart. "No se cuestiona que Sermig pueda perseguir judicialmente el cobro de sus multas. Lo cuestionable es la oportunidad y proporcionalidad con que ejerció esa facultad, tratándose de obligaciones seriamente controvertidas, respecto de las cuales ya existe un pronunciamiento judicial favorable a la línea aérea y sin que aparezca un riesgo patrimonial que hiciera indispensable embargar sus cuentas bancarias".
SanciónMigraciones retuvo $781 millones a Jetsmart por eventuales infracciones a la ley migratoria.