Martes, 03 de Noviembre de 2026

El Senado retoma el debate para que los abusos sexuales contra menores no prescriban

UruguayEl País, Uruguay 3 de noviembre de 2026

Víctimas reclaman que no haya límites de tiempo para denunciar estos delitos, mientras que legisladores y abogados penalistas advierten sobre los posibles efectos de la medida en las garantías de los acusados.

El Senado comenzó la discusión de un proyecto de ley que reforma el Código Penal para que los delitos sexuales que involucran a víctimas menores de edad nunca prescriban.

El proyecto de ley original había sido presentado por la Vertiente Artiguista en 2020 ante la Comisión de Constitución y Códigos, pero nunca llegó al Plenario.

Ahora, el oficialismo desarchivó la iniciativa y decidió que sea discutida en el seno de la Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género, donde aparece como una de las prioridades para la actual Legislatura.

Para la oposición, la inclusión de esta disposición en el Código Penal genera muchas dudas porque podría afectar las garantías de los acusados.

La ley vigente

La ley 19.580, aprobada en 2017, modificó los plazos de prescripción para una serie de delitos sexuales. El artículo 119 establece que "la prescripción de la acción penal derivada de los delitos de abuso sexual, atentado violento al pudor, abuso sexual sin contacto corporal y corrupción, en los cuales la víctima haya sido un niño, niña o adolescente, se suspende hasta que habiendo cumplido la mayoría de edad formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales durante su minoría de edad".

Es decir, la prescripción no comienza a correr desde que se consumó el delito, sino desde que la víctima, ya mayor de edad, radica la denuncia. Pero ocurre que esta disposición no se aplica a los hechos ocurridos antes de la promulgación de la ley, en 2018.

El caso de Milagros Chamorro fue un claro ejemplo del conflicto que genera la prescripción en estas situaciones. En 2010, cuando era menor de edad, fue víctima de una violación grupal en Punta del Este. Presentó la denuncia en 2022, pero la Justicia entendió que el delito había prescripto. En 2024, Milagros se quitó la vida.

La discusión del proyecto se produce en un contexto en el que la Policía recibió 2.163 denuncias por delitos sexuales entre enero y setiembre de 2026. Fueron 1.432 durante el primer semestre y otras 731 entre julio y setiembre. El promedio es de casi ocho denuncias por día, o aproximadamente una cada tres horas.

La cifra comprende el conjunto de los delitos sexuales registrados por el Ministerio del Interior y no exclusivamente aquellos cometidos contra menores de edad, que son los que están en el centro del proyecto que estudia el Senado.

El debate

Los legisladores comenzaron a debatir el proyecto con la presencia de Ikove, una organización de víctimas de delitos sexuales. La comisión ya tiene en agenda recibir a las cátedras de Derecho Penal de la Universidad de la República, la Universidad Católica y la Universidad de Montevideo, además del Grupo Derecho y Género de la Facultad de Derecho.

"Hay un gran debate sobre este tema", precisó la presidenta de la comisión, la senadora Constanza Moreira. Señaló que se trata de "una modificación muy importante del Código Penal".

La organización Ikove desarrolló ante los senadores lo que denomina "derecho al tiempo".

"Lastimosamente, las víctimas y sobrevivientes hablamos cuando podemos, no cuando queremos o cuando la Justicia lo exige", plantearon.

Para Ikove, las características de la violencia sexual durante la infancia hacen que, en numerosos casos, las víctimas necesiten años para identificar lo ocurrido, verbalizarlo y, finalmente, estar en condiciones de acudir a la Justicia.

"En la violencia sexual infantil, el propio delito impide denunciar a su tiempo", sostuvo la organización ante los legisladores.

Estudios de la Unión Europea demuestran que transcurren, en promedio, entre 17 y 21 años antes de que las víctimas de abuso sexual infantil se lo cuenten a alguien. Entre el 60% y el 70% no lo revela hasta la adultez y el 27% nunca lo cuenta.

"No pedimos que se aumenten penas. No pedimos que la ley sea punitivista. No obligamos a nadie a denunciar con esta ley", señalaron las representantes del colectivo.

La senadora nacionalista Graciela Bianchi planteó reparos. Aclaró en varias oportunidades que hablaba a título personal y que su posición no representaba al Partido Nacional ni a la coalición.

"Desde el punto de vista humano, nadie discute absolutamente nada", comenzó. Sin embargo, sostuvo que la respuesta legislativa no podía construirse únicamente a partir de la dimensión humana del problema.

"Si nos llevamos por los sentimientos, sin ninguna duda hacemos lo que ustedes nos piden, pero el Estado de derecho tiene determinados lineamientos, sobre todo el derecho penal, y el problema es la prueba", dijo.

Bianchi sostuvo que la prescripción es "un instituto muy importante" del derecho y señaló que le resultaba "chocante" que un delito fuera considerado imprescriptible "en términos absolutos".

La legisladora dijo que estaba dispuesta a estudiar mecanismos alternativos y que presentaría el proyecto al Partido Nacional para fijar una posición en conjunto.

"Creo que hay que buscar otros mecanismos, por ejemplo, se pueden modificar los plazos, pero hacer desaparecer el instituto de la prescripción es peligroso", afirmó.

Bianchi defendió las garantías de las personas acusadas y advirtió sobre las dificultades que puede implicar producir prueba muchos años después de ocurrido un hecho.

La discusión sobre la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores parece ser una tendencia en la región. Tanto es así que esta semana el asunto comenzó a tratarse en la Cámara de Diputados de Argentina.

En Chile, una ley en esa dirección fue promulgada en 2019. En Colombia, una norma similar está vigente desde 2021 y en Perú, desde 2018. En Ecuador, la imprescriptibilidad se aprobó en 2018, luego de una consulta popular que incorporó esa disposición a la Constitución.

Expertos en contra de la imprescriptibilidad

Los abogados penalistas Enrique Moller y Florencio Macedo plantearon reparos al proyecto de ley que pretende declarar imprescriptibles los delitos de abuso sexual contra menores de edad.

Moller, quien preside la Asociación de Abogados Penalistas del Uruguay y aclaró que hablaba a título personal, dado que la institución no ha tratado el tema, dijo a El País que la legislación actual ofrece garantías suficientes a las víctimas y que no es conveniente modificar el Código Penal.

"La aprobación de la ley en 2018, que modificó los plazos de prescripción para este tipo de delitos, ya ofrece garantías suficientes. De manera razonable se estipuló que el plazo de prescripción comienza a correr una vez que la víctima es mayor de edad y presenta la denuncia. Eso le da garantías a la víctima y también al acusado", sostuvo Moller.

Afirmó que eliminar la prescripción sería un "problema enorme", dado que se trata de un instituto muy delicado y garantista del Código Penal.

El penalista puso como ejemplo un delito cometido cuando la víctima tiene 17 años que, bajo un régimen de imprescriptibilidad absoluta, podría ser denunciado cuando el presunto responsable se encontrara al final de su vida. "El régimen actual es suficiente", resumió.

El abogado y académico Florencio Macedo, presidente del Colegio de Abogados, también aclaró a El País que opinaba a título personal.

Macedo dijo que existen fundamentos jurídicos sólidos para discutir este proyecto de ley.

"El instituto de la prescripción existe porque es importante en materia de seguridad jurídica para los involucrados. Además, es muy difícil defenderse de un hecho ocurrido hace veinte o más años; buscar evidencia después de tanto tiempo es muy complejo. También hay un concepto sobre la finalidad de la pena, que debería ser prevenir que los delitos se vuelvan a cometer en el futuro. Castigar algo que ocurrió cuarenta o cincuenta años antes no tiene sentido", sostuvo Macedo.

El académico diferenció estos casos de los crímenes de lesa humanidad, que son imprescriptibles porque en ellos rige otra lógica.

"Son casos muy excepcionales, crímenes cometidos por grupos organizados o Estados, bajo determinadas características y en los que incluso no importa si había una ley que permitía lo que ocurría, como en la Alemania nazi. Utilizar un instituto de imprescriptibilidad como ese para este tipo de delitos es un grave error", sostuvo.

Agregó que la dificultad para probar los hechos aparece en muchos delitos, no solo en los sexuales, pero que esa razón no puede conducir a rebajar o degradar las garantías que ofrece el sistema.

"Hay un estándar que cumplir para fijar una condena. Cuando se relajan las garantías, se degrada el Estado de derecho y ese camino es muy peligroso porque en este país rige el principio de inocencia", afirmó.
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