Miércoles, 04 de Noviembre de 2026

Rebaja de condenas, más allá de la crisis

ChileEl Mercurio, Chile 4 de noviembre de 2026

La política no puede modificar el pasado. Su "corrección" está reservada, en la escasa medida en que es posible, a la justicia.

El Gobierno debe poner punto final y dejar atrás la polémica de las reducciones de condena. Son demasiadas las urgencias económicas y en materia de seguridad que aquejan al país como para permitir el desgaste que sigue produciendo este asunto. Si algo ha quedado claro en estos días, es que el Ministerio de Justicia adoptó por sí mismo, pero en nombre del Presidente de la República, una serie de decisiones que han tenido un costo político enorme y seguirán teniéndolo si es que no se toman las medidas para hacer efectivas las responsabilidades políticas. Pues de eso se trata en este caso. Nadie podría sostener seriamente que el ministro ha infringido la Constitución y las leyes -centenares de sentencias de la Corte Suprema avalan la posición jurídica que adoptó-, pero todo el episodio da cuenta de una falta de criterio y prudencia política cuyos efectos dañinos para el buen gobierno del país resulta urgente contener.
De lo contrario, la mantención de esta crisis en el tiempo solo servirá para seguir desgastando a la autoridad y para alentar la actitud irresponsable de una oposición que ha encontrado en este tema una suerte de filón político a explotar de maneras que rozan la impudicia: no otra cosa son los anuncios de acusaciones constitucionales sin sustento o el despropósito -así lo calificó incluso Luis Cordero, exministro de Justicia de la administración Boric- de denunciar al actual ministro por prevaricación. Y ello, para no hablar del vergonzoso silencio del Frente Amplio ante las infamantes declaraciones del diputado Bassa, deudor de absurdas teorías conspirativas.
Superado aquello, corresponderá a la política definir el futuro de la ley sobre reducción de condenas y, más en general, el régimen y estatus de los beneficios penitenciarios. Pero es fundamental que este debate se lleve a cabo de un modo racional. La cárcel no es la solución al problema de la delincuencia, sino un mal necesario, que usualmente lo profundiza y agrava aún más. Por eso, los beneficios penitenciarios no atienden en primer lugar al interés del condenado, sino al de la sociedad; la rehabilitación y resocialización de los condenados es la primera y más necesaria inversión en seguridad pública, y el sistema de penas debe estar alineado con este objetivo. A partir de allí, pueden y deben hacerse las diferencias que corresponda, como en el caso de los delincuentes sexuales con escaso o nulo pronóstico de rehabilitación. En este debate técnico y político deben primar las razones y no las emociones. Es correcto escuchar a las víctimas de los delitos, pero la última palabra le corresponde al interés general.
No obstante su enorme poder para configurar el futuro, la política no puede modificar el pasado. La "corrección" del pasado está reservada, en la escasa medida en que es posible, a la justicia. Por eso, no podría el legislador hacer como si la Ley 19.856 de 2003 no existiera, o como si dicha ley nunca se hubiera aplicado. Según la opinión ampliamente predominante entre los expertos, una ficción legal que pretendiera algo así pasaría por encima de los derechos que la Constitución garantiza a todas las personas, en especial de la igualdad ante la ley y la garantía de irretroactividad de las leyes penales. Solo una interpretación restrictiva de esta última garantía, según la cual las reglas que permiten reducir condenas no serían leyes penales, sino puramente administrativas, permitiría eludir el problema. Pero realizar y justificar semejante interpretación, al menos en cuanto afecte las condenas por hechos ya pasados, es algo que debería quedar a cargo de los tribunales de justicia.
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