Viernes, 26 de Abril de 2024

"Es un fallo grave, de múltiples consecuencias, que todavía muchos no alcanzan a percibir"

ChileEl Mercurio, Chile 13 de octubre de 2019

Participó de la reforma de 2005 y asegura que entonces no hubo duda de que el TC quedaba "extraordinariamente fortalecido como órgano supremo del control de la supremacía de la Constitución".

Expresidente (2005-2007) y ministro del Tribunal Constitucional (2002-2010), José Luis Cea, quien además participó en la reforma a la magistratura de 2005, aborda desde la biblioteca de su casa -una de las tres que posee- la polémica que esta semana provocó el fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema (CS), presidida por el ministro Sergio Muñoz.
La resolución judicial advertía que las sentencias de la magistratura constitucional (TC) podían ser revisadas vía acciones constitucionales, como el recurso de protección.
Entre los miembros del TC, el pronunciamiento era recibido con "sorpresa", según expresó su presidenta, María Luisa Brahm: ellos no estaban bajo la superintendencia de la Suprema y tampoco sus decisiones.
Replicó la Tercera Sala -salvo la ministra María Eugenia Sandoval- y las reacciones desde el ámbito jurídico y político no han cesado.
-¿Qué opinión tiene del fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema?
-Le resumo en cuatro conceptos. Primero, relativamente inesperado el fallo. En segundo lugar, grave, de muchas consecuencias, que todavía muchos no alcanzan a percibir, y ya se está aprovechando para la instrumentalización política contingente. En tercer lugar, fragiliza el imperio de la supremacía constitucional que está radicado primordialmente en el TC. Y, en cuarto lugar, creo que es un caso en desarrollo. No tanto la sentencia, que ya está dictada y en cumplimiento, sino en cuanto a las consecuencias de este fallo, que todavía no se han manifestado plenamente; incluso se habla ya de cambios que serían innecesarios y, más aún, inconvenientes, como sería la modificación de las normas constitucionales en la materia.
Podría decirse, una satisfacción personal
-¿Cómo lee usted la sentencia, pensando que el recurso de protección fue rechazado y, sin embargo, la sala igualmente hace esta especie de advertencia?
-Los considerandos de lo que es propiamente el rechazo del recurso de protección no aportan ninguna innovación. Lo curioso de este fallo es la prevención del ministro Sergio Muñoz que, de una manera muy respetuosa, califico de, tal vez, un ejercicio de doctrina constitucional, pero sin mayor asidero ni coherencia con lo que es la sentencia. Se podría decir que es un asunto ajeno al tribunal y que es una satisfacción personal que el ministro siente al redactar considerandos o razonamientos que representan su punto de vista, pero que no son necesarios para el pronunciamiento de la sentencia. Bastante oscuros en muchos aspectos, sobre todo en la interpretación que hace de autores como (Herbert) Hart y (Ronald) Dworkin, de manera que no es un fallo impecable en ese sentido. Débil en la parte resolutiva, que rechaza el recurso de protección, y desmesuradamente extensa, oscura, innecesaria, ajena al fallo, la prevención del ministro Muñoz.
-Ahora, hay una ministra que no se suma a esta argumentación.
-La ministra disidente (María Eugenia Sandoval) dice 'yo estoy de acuerdo con las razones que se dan para rechazar la sentencia y no agrego nada más'. No es un buen fallo el que lo obligue a usted a leerlo dos o tres veces para desprender toda la riqueza que tiene de pensamiento; al contrario, creo que es un fallo, podríamos decir, que está representando una labor planificada y desafiante. Yo decía que esto es relativamente inesperado, porque hay varios fallos ya de la Tercera Sala, especialmente encabezada por el ministro Muñoz, que revelan este afán de ir marcando distancia respecto de la supremacía que ejerce el TC sobre la vigencia de la Constitución y haciendo primar los criterios hermenéuticos o interpretativos que hace la propia Corte, completamente ajenos a la Constitución y contrarios a ella.
-La Tercera Sala tiene una integración que ya lleva bastante tiempo, ¿qué piensa usted de ella? Está Muñoz, pero también los ministros Sandoval, Carlos Aránguiz y Ángela Vivanco
-Recientemente se incorporó a esa sala la ministra Ángela Vivanco, que es una distinguida constitucionalista y, por eso, me extraña mucho la doctrina que ella sostiene junto con los demás ministros en el fallo. Los demás integrantes son personas que han tenido una cierta tendencia a seguir al presidente Muñoz en esto, pero creo que lo realmente inesperado es que se revela abiertamente cuál es el designio o el propósito que tiene la sala.
-¿Cree que el fallo representa a la Corte, como dijo la sala?
-No representa, creo, a la Corte y tampoco creo que sea pacífico dentro de ella.
-Usted decía que era un fallo con consecuencias imprevisibles.
-Este es uno de los temas que estaban claramente asentados en la Constitución y, cuando yo participé con el expresidente (Ricardo) Lagos, el entonces jefe de la oficina jurídica de La Moneda, don Carlos Carmona, y también con alguna colaboración de don Jorge Correa, que a la sazón era subsecretario del Ministerio del Interior, en la redacción final de la reforma de 2005, a solas en el Palacio de La Moneda, y después se hizo lo mismo con ellos en relación con la Ley Orgánica del TC, siempre quedó fuera de toda duda, de toda discusión, que el TC quedaba extraordinariamente fortalecido como órgano supremo del control de la supremacía de la Constitución.
-Ya hay una primera reacción del Presidente Piñera, quien dijo que si esto no se soluciona, pudiera haber una reforma constitucional. ¿Se requieren cambios de ese tipo?
-Para nada, absolutamente no. Creo que no solamente es innecesaria, sino que inconveniente y hasta perjudicial para la estabilidad institucional. El TC ya lleva más de 40 años aplicando la Constitución, que se ha logrado consolidar después de las 47 reformas que le han hecho. No solo es la Constitución chilena más reformada en la historia de nuestros anales constitucionales, sino que es probablemente la Constitución del mundo más reformada, pero es una Constitución viva, pese a todo lo que la critiquen, porque es aplicada en todo asunto. Eso hace muy difícil modificarla. No se requiere, porque la cantidad de disposiciones que están en la Constitución, que convergen en apoyo a la declaración del TC, son muchas.
El profesor Cea comenta que el TC citó solo algunas -artículos 82, 93 N° 6 y 94-, entonces, apunta: "Uno dice: 'bueno, caramba, ya, no sigamos discutiendo esto, preocupémonos de otros problemas'. Imagínense, vamos a enterar una semana preocupados de un asunto que pudo haber sido superado mediante el diálogo, que es la regla de oro de la democracia".
Respaldo a la declaración del TC
-¿Cree que era necesaria esta comunicación pública que hace el TC?
-Absolutamente sí.
-¿Y qué piensa de la respuesta de la Tercera Sala?
-Son varios los fallos de la Tercera Sala que se pueden agrupar en torno a esta tesis de ir conquistando espacio para mantener el poder del control de la supremacía, pero ahora se fue mucho más allá, en el sentido de que -sobre todo la prevención del ministro Muñoz- revela una planificada decisión de mantenerse en su tesis y la reitera después la Tercera Sala, cuando al día siguiente de emitir el TC su pronunciamiento, dice que este no es un recurso, que esto no afecta la autonomía del TC, y una serie de eufemismos que yo creo que no convencen a nadie.
-¿Cree que puede haber algo de oportunidad en esto? En algunos círculos jurídicos se habla de un TC debilitado.
-Creo que es una hipótesis razonable suponer eso, pero en ese sentido, quisiera reafirmar que percibo una cierta tesis muy interesada en debilitar al TC. Sus ministros actúan con entera defensa de los principios que plantea el profesor francés Louis Joseph Favoreu, actúan con el deber de ingratitud. O sea, si a mí me nombró el Presidente Lagos, yo no sigo las instrucciones del Presidente Lagos, sino lo que me manda la Constitución, que es superior al Presidente.
-Ese "deber de ingratitud" ha sido un dolor de cabeza para muchos gobiernos...
-Entonces no inventemos argumentos capciosos con objeto de seguir fragilizando una institución que tiene que ser muy sólida y que, creo, ha cumplido muy bien su trabajo, no solamente en la época en que este país recuperó la democracia, gracias a la transición y la hizo posible el TC, particularmente, con Eugenio Valenzuela Somarriva, sino que después. Cuántos casos hay en que se ha podido demostrar que este país tiene una Constitución que funciona, y que las instituciones, como se dice ahora por todos los políticos y políticas, es un conjunto de instituciones que están operando. Este afán de decir que no se puede ir al TC, que es una cámara parlamentaria, política, no elegida democráticamente, es falso. Los ministros del TC son elegidos por autoridades democráticas y arrancan su legitimidad justamente de esa elección, que se efectúa de acuerdo a las normas de la Constitución.
-¿Puede haber habido algún exceso del TC? Se le ha criticado en varias ocasiones.
-El TC es una obra humana y, como tal, falible y, en consecuencia, sin duda se pudo haber cometido errores. Yo mismo seguramente los cometí en más de algún fallo. Pero eso es predicable de todo órgano del Estado, de los parlamentarios que hacen las leyes, muchas veces incorrecta o inadecuadamente, porque las están modificando a corto plazo, reforma de la reforma. Y es predicable, también, de las decisiones de los demás tribunales, de la Corte Suprema para abajo, y de todos los órganos estatales. Yo creo que esa no es una crítica que se pueda dirigir y concentrar solamente en el TC.
-Usted decía que no se requiere una reforma, ¿cuál sería la vía para poder solucionar este enfrentamiento?
-Concretamente, es evidente que la presidenta del TC y el presidente de la Corte Suprema, con el resguardo de hacer esto serenamente, tienen que provocar un encuentro directo entre ellos, y por qué no del TC en pleno y la Corte Suprema en pleno, no solo de la Tercera Sala, por qué no hacer lo que nosotros hicimos con el ministro Colombo hace más de 14 años atrás, por qué no buscar fórmulas que son propias de gente inteligente, que está dispuesta a intercambiar puntos de vista (...) Si del intercambio de puntos de vista, de opiniones, por duramente que se manifiesten, surgen nuevas ideas y así se enriquece el debate, eso es lo propio de la democracia.
EL FALLO Y LA INCÓMODA PREVENCIÓN DE MUÑOZ
''Débil en la parte resolutiva, que rechaza el recurso de protección, y desmesuradamente extensa, oscura, innecesaria, ajena al fallo, la prevención del ministro Muñoz".
LA REVELACIÓN DE UN PROPÓSITO EN LA SALA
''Los demás integrantes son personas que han tenido una cierta tendencia a seguir al presidente Muñoz en esto, pero creo que lo realmente inesperado es que se revela abiertamente cuál es el designio o el propósito que tiene la sala".
DESPUÉS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2005
''El TC se había erigido en el supremo control de supremacía de fondo y forma de la Carta Fundamental en su texto, contexto y espíritu, y nunca me rebatieron eso reunidos ahí en las oficinas de ministros de la Corte".
Nadie se opuso a quitar estas atribuciones a la Corte Suprema: "En ella habían sido inútiles"Participó en la reforma constitucional de 2005 y además de creer que no se requiere otra, al preguntársele si quizá, como dicen algunos pronunciamientos como el del lunes recién pasado, la Corte aún resiente la pérdida de atribuciones que esa modificación significó, contesta que no debiese ser así, porque en la Suprema estas fueron muy poco utilizadas.
La historia del control de supremacía de la Constitución, puntualiza Cea, "lo tuvo la Corte Suprema (CS) por muchos años" y "prácticamente no lo ejerció". Desde 1880 a 1925 se podrían anotar, apunta, no más de tres fallos. Y relata que "en 1925, a sugerencia del presidente Alessandri Palma, se incorporó a la Carta Fundamental un artículo que consagró lo que se llama recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las leyes. La CS sostuvo, a mi juicio completamente equivocada -y así lo reconoce toda la doctrina que ha estudiado el punto-, que esa facultad no la podía ejercer, habida consideración que la separación de poderes les reservaba la potestad de legislar a las cámaras parlamentarias. Esta era una doctrina ya superada incluso en la época que se dictó esa norma, para qué decir en el siglo XXI, porque dice, en definitiva, que el Legislador, recordando las palabras de Juan Jacobo Rousseau, se siente un soberano absoluto que puede dictar las normas que quiera con nombre de ley y que quedamos todos, como dice el Código Civil, obligados a acatarlas, aunque dispongan situaciones que son absurdos insostenibles frente a la lógica jurídica, al buen juicio o la cultura política de un país".
El exministro del TC, agrega, "era por lo tanto en 2005, cuando se llegó a un consenso que significó 252 modificaciones a la Constitución, ese uno de los cambios en que ya había un acuerdo total, sacar esas atribuciones de la CS y radicarlas en este tribunal, que ya tenía más de 20 años, que se veía como el supremo garante de la estabilidad y continuidad democrática constitucional de un país". Y nunca, asegura, "se supo que la CS, el Poder Judicial, y profesor, autor, doctrina o texto, que haya dicho 'no se debe retirar esta atribución de la CS', porque estaban de acuerdo que en ella habían sido inútiles", afirma el constitucionalista. Hubo quienes llegaron con la idea de que esto tuvo que haberse mantenido en la CS, porque se pierden potestades, y política y derecho están muy relacionados, porque -dice- "la política sin derecho es descontrol, es abuso, es prepotencia, es populismo, es desmesura, es demagogia. El derecho es el que la racionaliza, encauza, legitima; entonces, han llegado ministros, especialmente diría -y con todo respeto lo digo, el ministro Sergio Muñoz-, que sienten que se ha ido perdiendo autoridad y, más que autoridad, poder por la CS, o sea, su gravitación en la política del país se ha disminuido y entonces hay que recuperar el terreno perdido".
Entonces, reflexiona el abogado, "ahí uno entiende por qué este afán de conquistar poder y, sobre todo, decirlo con argumentos que me parecen que son débiles: 'No estamos argumentando sobre la base de que somos un tribunal superior al TC, porque respetamos su autonomía; (...) pero sí estamos diciendo que la interpretación de la norma del art. 93 N° 6 tiene que ser controlada por las Cortes de Apelaciones mediante los recursos de protección', o sea, son, diría, elaboraciones que ni siquiera tienen un sustento doctrinario, filosófico. Ud. puede invocar los autores que quiera, como lo hace la prevención del ministro Muñoz, pero son completamente ajenas, sin sentido, para poder sostener sobre ellas un fallo de esta envergadura".
"Yo estuve en reuniones cuando era presidente del TC -me correspondió trabajar mucho en la elaboración de la reforma constitucional y, después, en la ley orgánica- con el presidente de la CS y la (Tercera) Sala Constitucional, y sentí claramente que era muy diáfanamente entendido que el TC se había erigido en el supremo control de supremacía de fondo y forma de la Carta Fundamental en su texto, contexto y espíritu, y nunca me rebatieron eso, reunidos ahí en las oficinas de la Corte", finaliza.
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