¿Cómo Funciona el "Premium Pay" para empleados esenciales?
R ecientemente Hacienda publicó la Carta Circular de Rentas Internas 21-19 donde describen el programa denominado "Premium Pay"
R ecientemente Hacienda publicó la Carta Circular de Rentas Internas 21-19 donde describen el programa denominado "Premium Pay". La Carta Circular se complementa por unas guías publicadas por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf) sobre dicho programa.
¿Qué es el "Premium Pay"?
Es un pago adicional de $2,000 a los empleados esenciales que continuaron trabajando para patronos elegibles durante la pandemia a pesar de los riesgos que esta presentaba.
¿Quiénes se consideran empleados esenciales?
Se consideran empleados esenciales aquellos que trabajan en las industrias de servicios de seguridad, profesionales de la salud o servicios de salud brindados directamente a pacientes; supermercados, colmados, farmacias, transporte de carga y entidades sin fines de lucro que brindan servicio directamente a la comunidad. Se excluye a los empleados de hospitales, pues estos están cobijados por otro programa similar manejado por Aafaf. A diferencia de otras iniciativas, el programa de "Premium Pay" incluye a empleados públicos también.
Para ser elegible el empleado esencial debe haber ganado menos de $40,000 en el 2020 o el 2021. O sea que si ganó menos de $40,000 en cualquiera de los dos años sería elegible. Además, debe haber provisto de forma presencial al menos 500 horas de servicio desde el 1 de marzo de 2020. De acuerdo a la Carta Circular y a las guías, el salario total del empleado, luego de recibido el "Premium Pay", no podrá exceder $46,125. Este número surge de una regla que dice que el "Premium Pay" no podrá exceder el salario del empleado en más de 150% de la media de salarios del lugar que en el caso de Puerto Rico es $30,750.
¿Quiénes son patronos elegibles?
Primero, tienen que estar dedicados a las industrias previamente indicadas. Como ya mencionamos, este programa incluirá también al gobierno como patrono elegible. Segundo, debe haber estado en operaciones durante algún momento del año 2020 y tiene que continuar en operaciones al momento de someter la solicitud.
Tercero, el patrono debe tener vigente su Certificado de Registro de Comerciante que se emite por el Departamento de Hacienda. Dicho certificado tiene que incluir al menos uno de estos números NAICS: 62111, 62121, 62131, 62132, 62133, 62134, 62139, 62142, 62149, 62151, 62161, 62199, 62321, 62322, 62331, 62399, 62412, 62421, 56161, 56162, 44511, 44512, 44521, 44522, 44523, 44529, 44711, 48411, 48412, 48423 o 44611.
Finalmente, el patrono que haga una solicitud bajo este programa se compromete a devolver los fondos otorgados en caso de cualquier incumplimiento.
¿Cómo se hace la solicitud?
El patrono podrá hacer la solicitud a través del portal de SURI de Hacienda desde el 15 de septiembre. En dicho portal el patrono elegible proveerá información de los empleados que sean elegibles para los beneficios del programa.
El patrono deberá proveer la siguiente información de cada empleado elegible: nombre completo con sus dos apellidos; número de Seguro Social; fecha de nacimiento; y dirección de correo electrónico. También debe proveer la siguiente información financiera de cada empleado: el número de la cuenta de banco, número de ruta del banco, nombre del banco y tipo de cuenta.
Finalmente, el patrono debe certificar que el empleado proveyó y continúa proveyendo servicios esenciales, que trabajó las 500 horas presenciales desde el 1 de marzo de 2020, que aún continúa trabajando con el patrono y que devengó un salario menor a los $40,000 en el año 2020 o 2021.
SURI estará habilitado para que se pueda proveer la información en una hoja de Excel, cuyo formato está provisto en la propia plataforma.
Hacienda recibirá la solicitud y le notificará al patrono si se aprobó la solicitud. Dicha aprobación se hará por cada empleado de forma separada. Luego de aprobada la solicitud, Hacienda depositará la cantidad de $2,000 en la cuenta del empleado de forma directa.
¿De dónde provienen los fondos del Programa de "Premium Pay"?
Este programa se financiará con una asignación que surge del American Rescue Plan Act (ARPA). De estos fondos de ARPA se asignaron $2,400 millones para incentivar el desarrollo económico en sectores que lo necesiten. De dicha cantidad se han segregado $200 millones para el programa de "Premium Pay". En la medida que el pago se limita a $2,000 por empleado, esto quiere decir que hasta 100,000 personas podrán recibir este pago.
La Carta Circular menciona que este pago estará sujeto a disponibilidad de fondos. Esto quiere decir que, si los fondos se terminan, los empleados no recibirían el pago. También se menciona que los casos se atenderán por el orden de llegada ("First in, first out"). Por lo tanto, resulta importante hacer la solicitud a la brevedad para asegurarse de que los empleados reciban este pago.
¿El "Premium Pay" es lo mismo que el Programa de Retorno al Trabajo?
No, el "Premium Pay" es otra iniciativa del gobierno para atraer a la gente de vuelta a los lugares de trabajo. Pero es diferente que el Programa de Retorno al Trabajo, que discutimos hace unas semanas. Por tal razón cuentan con reglas y disposiciones diferentes, incluyendo los requisitos de elegibilidad.
¿Cuál es el tratamiento contributivo de dicho pago de $2,000?
Al igual que otras ayudas recibidas como consecuencia de la pandemia, este pago será considerado una partida excluible para fines contributivos. Por tal razón no deben causar compensación tributable adicional para el empleado. Dicha interpretación se hace de acuerdo a las disposiciones de la Ley 57-2020, que proveía para dicha exclusión en los pagos relacionados al COVID-19.
Como el desembolso del pago lo hace el gobierno, el patrono no puede tomar una deducción en sus planillas sobre dicha cantidad.
Como hemos dicho anteriormente resulta necesario mantenerse al tanto de estos pagos y beneficios adicionales que pueden beneficiar a nuestros empleados.