Domingo, 05 de Mayo de 2024

El Tribunal de Cuentas no hizo lugar a recursos administrativos de Dedicado contra la subasta por 5G en Uruguay

UruguayEl Pais, Uruguay 25 de abril de 2024

La resolución del organismo fue aprobada por los cuatro ministros del oficialismo, ya que los tres representantes del Frente Amplio se opusieron.

Redacción El País
El Tribunal de Cuentas de la República (TCR) desestimó recursos presentados por la empresa Dedicado (Enalur S.A.) contra la subasta de espectro 5G","theme.el-pais-uruguay-theme-epd.:core:enhancement:Enhancement.hbs.enhancementAlignment":null,"theme.el-pais-uruguay-theme-epd.:core:enhancement:Enhancement.hbs.overrideCaption":null,"_id":"0000018f-132f-d8a9-a9af-dbff7d9a0000","_type":"809caec9-30e2-3666-8b71-b32ddbffc288"}">subasta de espectro 5G (de la que no pudo participar) que se desarrolló el año pasado.



Por un lado el TCR resolvió que no eran de recibo los fundamentos de Dedicado esgrimidos en sus recursos administrativos, ni los planteos realizados por otros interesados a los borradores del pliego, a la vez que concluyó que en términos generales el proceso de asignación de frecuencias 5G no merecía objeciones de índole jurídica, dijo a El País el ministro del TCR por el Frente Amplio (FA), Miguel Aumento.



La resolución fue aprobada por los cuatro ministros del oficialismo, ya que los tres del FA se opusieron.



Para Aumento, "el procedimiento es claramente objetable" y "la decisión del TCR fue "más que extemporánea, por causa ajena a su voluntad". Es que antes y después de la subasta, el Tribunal se solicitó a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec) que remitiera la totalidad de las actuaciones para poder cumplir su competencia constitucional de control.



"Aún hoy y a pesar de esos cuatro pedidos, la totalidad de las actuaciones no fue- ron remitidas", cuestionó Aumento. La resolución de la mayoría reconoce que no se expidió con el alcance que debió hacerlo debido a esto, agregó.



El otro punto que criticó Aumento fue que a su juicio "no se cumplió" con que el TCR pueda dictaminar si el acto discrecional que dio origen al precio base de la subas se encuentra debidamente fundamentado y justificado así como si la fijación del mismo se basó en criterios objetivos.



Por otro lado, para la mayoría del TCR no se había afectado la concurrencia en la competencia de la subasta, no haciendo lugar a lo esgrimido por Dedicado que sostenía que los requisitos del pliego tenían como fin dejarla fuera del proceso.



"El principio de concurrencia se vulnera o no se vulnera, no comparto una línea argumental que incluya una comparación en términos de mayor o menor competencia respecto a subastas de espectro anteriores", criticó Aumento.



"En la misma línea hubiera sido pertinente entonces analizar si los principios que hacen al trato igualitario y a la concurrencia no se vieron efectivamente afectados dado que la figura del operador entrante no fue prevista en el pliego", añadió.



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