Más asalariados y profesionales estarán sujetos a este impuesto en 2025: le explicamos con ejemplos la metodología para hacerle frente.
Ser asalariado en Costa Rica y, al mismo tiempo, tener ganancias por servicios ayuda a mejorar los ingresos de las personas. Sin embargo, esta situación también plantea desafíos a la hora de cumplir con las obligaciones tributarias.
Declarar la renta en este escenario requiere un cuidado especial por parte de los obligados tributarios, para asegurar el cumplimiento de la ley y evitar inconvenientes con el fisco.
La declaración de renta para personas en esta situación se vuelve más compleja debido a la necesidad de contabilizar dos tipos de ingresos: los provenientes de una relación laboral, es decir, el salario y aquellos obtenidos de manera independiente por la prestación de servicios profesionales. Cada uno de estos ingresos tiene sus propias características y está sujeto a diferentes regímenes tributarios.
Hay que recordar que el sistema tributario en Costa Rica funciona con un modelo cedular, es decir, que cada ingreso que la persona obtenga recibe un tratamiento distinto.
El Financiero, con la ayuda de especialistas en materia tributaria, le explica cómo funciona el cálculo del impuesto para alguien que tenga más de un salario y además ejemplificamos con un par de casos prácticos.
Las claves tributarias
Lo primero que se debe tomar en cuenta es que para el 2025 Hacienda redujo los tramos exentos de impuesto de la renta por lo que más trabajadores asalariados y profesionales liberales deberán pagar este impuesto. En el caso del primer grupo, el monto libre de gravamen pasó de ¢929.000 a ¢922.000.
Por otro lado, para los profesionales liberales, la cantidad disminuyó de ¢4.127.000 a ¢4.094.000 anuales. Incluso, en la Asamblea Legislativa se intentó mediante un proyecto de ley subir el monto libre del tributo, pero la iniciativa fue bloqueada por el oficialismo e incluso se habló de vetarla si llegara a aprobarse en segundo debate.
Estos montos de 2025, sin embargo, son los que deberá tener en cuenta hasta las declaraciones de 2026. Los tramos para este 2025 ya estaban definidos desde antes.
Para calcular el impuesto sobre la renta, se deben sumar todos los sueldos obtenidos entre enero y diciembre y descontar los gastos permitidos por la ley. La fecha máxima para hacer la declaración y pagar el tributo correspondiente al periodo 2024 es hasta mediados de marzo.
El asalariado debe tributar sobre el monto que represente su salario bruto con tarifas progresivas reguladas en el artículo 33 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, que van desde el 10% hasta el 25%. En este caso, es el patrono quien debe retener el impuesto y trasladarlo a Hacienda, es decir, el empleado no debe preocuparse directamente de ese tema.
En el caso de un trabajador por servicios profesionales, para poder estar en orden en Tributación debe inscribirse como tal y y deberá declarar impuesto sobre la renta de forma anual, bajo la modalidad de persona física con actividad lucrativa o bien, como persona jurídica, si es que ha constituido una sociedad para el ejercicio de su actividad. Las tarifas progresivas para estos trabajadores están establecidas en el artículo 15 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Además, en ambos casos, tienen derecho a una deducción por hijos y cónyuges. Los asalariados en 2025 podrán deducir ȼ1.720 y ȼ2.600 respectivamente al mes. Los trabajadores liberales ȼ20.640 por hijo y ȼ31.200 por el cónyuge anualmente.
"En el caso de las personas que tienen ambas actividades, por disposición del artículo 15 inciso c de la Ley del Impuesto sobre la Renta, solamente puede tenerse un mínimo exento. Es decir, en caso de que un empleado reciba un salario mensual y adicionalmente reciba un ingreso como independiente deberá declarar dicho salario dentro de sus ingresos como profesional independiente, generando así que se reste al tramo exento como persona física con actividad lucrativa al tramo no sujeto de impuesto al salario previamente aprovechado en su salario como empleado", explicó Daniel Pelecano, gerente senior de Impuestos de Grant Thornton.
Casos prácticos
De acuerdo con el especialista, un ejemplo práctico puede ser el de una persona que trabaja por servicios profesionales y que recibe una renta anual de ¢15.000.000, más un sueldo de ¢950.000 al mes durante un año.
Se debe tomar en consideración, que para el periodo fiscal 2024 el tramo no sujeto de impuesto al salario asciende a ¢922.000, por lo cual ¢922.000 x 12 meses = ¢11.064.000, monto superior al tramo exento de impuesto a las utilidades como persona física con actividad lucrativa (¢4.094.000), por tanto, deberá tributar por sus ingresos como independiente desde cero ya que no tiene derecho al tramo exento.
En este caso y según la tabla de tramos para el próximo año, el cálculo es el siguiente:
De la diferencia entre ¢6.115.000 anuales a ¢4.094.000 se pagará el 10%, que corresponde a ¢202.100. Entre ¢6.115.000 y ¢10.200.000, se pagará el 15%, es decir, ¢612.750 y un 20% entre la diferencia de ¢15.000.000 y ¢10.200.000, que da como resultado ¢960.000.
Al sumar esos tres montos (y suponiendo que no tenga deducciones por aplicar), el impuesto total a pagar en 2025 sería de ¢1.774.850.
Por otro lado, según Marianella Masís, especialista en impuestos de la firma PwC, otro caso puede ser el de un contador que se encuentra dentro de planilla de una empresa con un salario de ¢1.520.000 pagará lo siguiente al mes por concepto de Impuesto al Trabajo personal dependiente, considerando además que tiene un hijo y esposa:
Aplicando los tramos y las tarifas para salarios, este asalariado pagaría un total de Impuesto al salario de ¢68.200 al mes, contemplando el tramo no sujeto, los tarifas por tramo y aplicando los créditos por un hijo y cónyuge se reduce a ¢63.880 de Impuesto sobre Renta al salario por mes.
Además, esta persona ejerce su actividad de forma independiente y se encuentra inscrito como Persona Física con actividad lucrativa. En el año tuvo ingresos por asesorías correspondientes a ¢6.000.000 y gastos por la suma de ¢1.500.000. Créditos fiscales: ¢20.640 anuales por hijo y ¢31.200 por año para el cónyuge. Considerando el ejemplo y los tramos este profesional con actividad lucrativa independiente pagará: ¢450.000 de renta anual.
Para cerrar el ejemplo esta persona estará pagando un total en el año de impuesto sobre la renta de ¢1.216.560.
"Es importante destacar que, al ser asalariado, esta persona ya gozó del tramo no sujeto que fue considerado para el impuesto al salario y no se debe considerar para esta declaración. Lo mismo sucede para los créditos familiares que ya fueron aplicados en el Impuesto al Salario", explicó Masís.
Consideraciones clave
Según los especialistas, es clave contar con la documentación respaldo para la deducción de gastos y aplicación de créditos y con claridad sobre el salario por reportar para efectos de impuestos. Además, es fundamental cumplir con los plazos establecidos para cumplir con los trámites, ya que corren sanciones por no presentarlo a tiempo.
Según el especialista de Gran Thornton, se considera una omisión en la declaración de ingresos, y puede ser sujeto a fiscalización, que conlleva además sanciones propias de un proceso de auditoría, que pueden ir de un 50% hasta un 150% del monto dejado de pagar, más el correspondiente pago de intereses por desde el momento en que se debió haber declarado y pagado el impuesto adicional y no se hizo.