Minsalud dice que no está en desacato
El Ministerio de Salud y Protección Social aclaró que no se encuentra en situación de desacato ni de incumplimiento respecto a Autos, emitidos por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional
El Ministerio de Salud y Protección Social aclaró que no se encuentra en situación de desacato ni de incumplimiento respecto a Autos, emitidos por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional. Según la cartera, los dos autos no se encuentran en firme, ya que han sido objeto de solicitudes de aclaración que deben ser resueltas antes de que las órdenes contenidas en ellos sean ejecutadas. De acuerdo con el Ministerio, se radicaron ante la Corte Constitucional solicitudes de aclaración sobre ambos autos. En este contexto, la entidad citó el artículo 302 del Código General del Proceso, que establece que cuando se pide aclaración o complementación de una providencia, esta solo quedará ejecutoriada una vez resuelta la solicitud. La cartera enfatizó que no ha incumplido ninguna orden del Alto Tribunal. En relación con el Auto 2049 de 2024, que trata sobre los presupuestos máximos, el Ministerio de Salud presentó una solicitud de aclaración el 23 de enero. Según explicó, se identificaron inconsistencias en el documento que generan incertidumbre sobre la naturaleza del auto, los plazos y la coherencia de las órdenes. Entre las inquietudes planteadas se encuentran la falta de claridad sobre si el auto abre un incidente de desacato o introduce nuevas órdenes, referencias a considerandos inexistentes, plazos vencidos para el pago de presupuestos máximos y supuestas incompatibilidades con la normativa vigente. Y se mencionaron referencias erróneas a literales inexistentes en la parte resolutiva del auto. Por otra parte, el 2 de febrero el Ministerio también solicitó aclaraciones respecto al Auto 007 de 2025, relacionado con la Unidad de Pago por Capitación (UPC). En este caso, la cartera detectó contradicciones en la decisión de la Corte de declarar insuficiente la UPC de 2024, ya que no se habría aportado un estudio técnico que sustentara dicha afirmación y se habría omitido la valoración del estudio elaborado por el Ministerio. También se señaló que la mayoría de la Sala no presentó estudios que justificaran la existencia de un supuesto rezago en las vigencias 2021-2023, ni se especificó la naturaleza de dicho rezago. La cartera expresó dudas sobre la posibilidad de que el reajuste de la UPC deba aplicarse retroactivamente y sobre si esto implicaría pagos adicionales a las EPS en los años siguientes.