Según el Código Penal, el peculado lo comete el funcionario público que sustrae o distrae dinero, o bienes del erario público, cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada en razón de su cargo.
La Corte Plena aceptó este lunes pedir a la Asamblea Legislativa que se levante la inmunidad al ministro de Justicia y Paz, Gerald Campos, para que afronte una acusación por presunto peculado y falsedad ideológica.
17 magistrados votaron a favor de remitir el expediente al Congreso, mientras que cinco se pronunciaron en contra.
La Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta) presentó la acusación contra Campos antes de que él se integrara al gabinete del presidente Rodrigo Chaves, en mayo del 2022.
Inicialmente, la solicitud de apertura de debate había sido remitida al Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de San José.
Cuando asumió el cargo de ministro, el procedimiento pasó a la Fiscalía General, para que se siguiera un procedimiento especial por tratarse de un miembro de los supremos poderes.
Antes de ser ministro, Gerald Campos se desempeñaba como subdirector del Organismo de Investigación Judicial (OIJ). No obstante, renunció a ese cargo el pasado mes de abril, para continuar en el gobierno, luego de que la Corte Plena le negara el permiso para seguir en el Poder Ejecutivo.
Según había publicado el medio CRHoy.com, la causa contra el ministro se abrió en el 2016 y obedece a un presunto cobro excesivo de viáticos por parte de él y de quien era su guardaespaldas, un funcionario de apellido Jara, así como un pago desmedido de horas extra al custodio.
La investigación judicial, citó el medio, reveló que el guardaespaldas cobró ¢5,8 millones en horas extra de abril del 2016 a enero del 2017, mientras que devengó ¢800.000 en viáticos.
Gerald Campos, por su parte, cobró ¢900.000 en viáticos.
Además, la pesquisa señalaba la aparente inserción de datos falsos en las hojas de liquidación de gastos de viaje en el interior del país, en los rubros de desayunos, almuerzos o cenas.
Según el Código Penal, el peculado lo comete el funcionario público que sustrae o distrae dinero, o bienes del erario público, cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada en razón de su cargo.