Retoques a la ley de aborto
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M. Lourdes González | Montevideo
@|Las autoridades del Ministerio de Salud Pública MSP reiteran la necesidad de revisar la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo IVE No. 18.987 y hacer pequeños "retoques''. Sobre todo, proponen aumentar la edad gestacional para poder acceder a un aborto legal. El principal motivo que se esgrime es que, a raíz del mayor acceso a los estudios del 1er. trimestre del embarazo, se habían aumentado las solicitudes de IVE, quedando fuera del plazo legal de las 12 semanas.
Es decir, facilitar los abortos provocados por defectos congénitos con diagnóstico presuntivo o confirmado. No se refieren a las gestaciones cuyos fetos padecen enfermedades severísimas, porque ya están contempladas en la legislación. Se alude en especial al Síndrome de Down.
Lo primero que plantean es aumentar la edad gestacional de 12 a 14 semanas, y ponen el ejemplo de la causal de violación, vale destacar que sin dejar de ser dramáticas son muy infrecuentes, durante el 2024 se registraron seis (6) casos por violación, ninguno (0) por causal de salud de la mujer embarazada, y cuatro (4) por graves anomalías fetales.
También se ampliaría el plazo para concretar el aborto si las consultas y estudios se demoran y se sobrepasan las 12 semanas más 6 días. Hay que recordar que el IVE en el sistema de salud es priorizado y gratuito, agendándose lo solicitado de un día para el siguiente.
Otros ''pequeños ajustes'' que proponen, es incorporar a los médicos generales, de familia y a obstetras parteras, etc., en todo el proceso de IVE, ya no sería el médico con especialidad en ginecología quien efectuará el "acto médico'' que se consigna en la ley No. 18.987.
Se cuestiona también el rol e integración del equipo interdisciplinario (médico, psicólogo, trabajador social, por la Ley), plantean que las consultas no sean exclusivamente presenciales, podrían hacerse por vía remota también.
Resulta alarmante la interpretación que las autoridades del MSP hacen de la Ordenanza No. 369/004, en el caso que se excedan las 12 semanas de gestación y la mujer embarazada plantee realizarse un aborto, se ''debe'' informar la forma de concretarlo como si estuviera en el marco de la Ley de IVE/aborto, absteniéndose de prescribir los fármacos que producen la expulsión fetal.
Cabe recordar que la Ordenanza No. 369/004 en ningún caso habilita a informar cómo abortar ni por encima ni por debajo de las 12 semanas. La Ley de IVE N° 18.987 del año 2012 no ha modificado nada al respecto si se está fuera de los plazos o no cumplen con todos los requisitos previstos: límite de 12 semanas de gestación, en una institución del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), llevar el registro en la Historia Clínica, firma del consentimiento informado, etc.
Los objetivos de la mencionada Ordenanza en su consulta inicial pre aborto son: 1. Preservar y Controlar el embarazo, 2. Informar, prevenir y asesorar sobre riesgo y daño, 3. Analizar las causas que promueven a la usuaria a plantearse la decisión de someterse un aborto provocado.
Se habla de "pequeños ajustes'' que no lo son, son cambios drásticos que van al centro de la ley de IVE/aborto, ampliar las semanas de edad gestacional para incluir la presunción de defectos congénitos son prácticas eugenésicas, se cuestiona también la pertinencia del equipo multidisciplinario, la responsabilidad del ginecólogo en el acto médico, eliminar plazos de residencia en el país y utilizar telemedicina en las consultas por citar algunos de los manifestados.
Finalmente, no estaría mal que se recordaran estas frases dichas por el primer presidente de Izquierda del Uruguay: "Hay consenso en que el aborto es un mal social que hay que evitar'' y "rodear a la mujer desamparada de la indispensable protección solidaria, en vez de facilitarle el aborto''.