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Por martín calderónpasache
El expresidente Pedro Castillo, quien cumple prisión preventiva por el golpe de Estado que dio en diciembre del 2022, obtuvo un inesperado fallo judicial a su favor. El Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima ordenó al Congreso otorgarle una pensión vitalicia equivalente al sueldo de un congresista en funciones; es decir, S/15.600.
El fallo, emitido por el juez Alexis Anicama Budiel el 10 de setiembre, declaró fundada la demanda de amparo que presentó el exmandatario en mayo del 2024 contra las resoluciones del Congreso que le negaban el acceso a la pensión.
La pensión vitalicia que reciben exmandatarios también implica beneficios adicionales, como el derecho a un asistente personal, cuyo salario es cubierto por el Congreso.
?Los argumentos?
El magistrado se basó en el principio constitucional de la igualdad ante la ley.
Según concluyó, el Congreso aplicó un doble estándar al negar la pensión a Castillo pero aprobar el beneficio para Alberto Fujimori, quien también arrastraba una acusación constitucional, además de sentencias por violaciones a los derechos humanos y corrupción.
El magistrado recordó que el artículo 2 de la Constitución garantiza a toda persona el derecho a la igualdad, lo que implica que ningún órgano estatal puede decidir de manera arbitraria en casos sustancialmente similares.
Al contrastar el caso de Castillo con el de Fujimori, el juzgado señaló que hubo un trato discriminatorio y, por tanto, inconstitucional.
La Ley 26519 establece que los exmandatarios constitucionales tienen derecho a la pensión vitalicia. Sin embargo, precisa que este queda suspendido si existe una acusación constitucional, salvo que una sentencia judicial declare la inocencia.
En el caso de Fujimori, el Congreso alegó que condicionar la pensión a una sentencia absolutoria vulneraba la presunción de inocencia. Con esa interpretación, permitió que el exmandatario cobrara desde julio del 2024. Apenas dos meses después, en setiembre del 2024, Fujimori falleció.
El juez Anicama sostuvo que si ese criterio fue válido para Fujimori, también debía aplicarse a Castillo. Caso contrario, se estaría violentando el principio de igualdad.
?Congreso apela?
En su contestación a la demanda de amparo presentada por Castillo, el Congreso argumentó que sobre él pesa una acusación constitucional por los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y colusión.
Esa acusación fue aprobada por el pleno en febrero del 2023, como respuesta a una denuncia constitucional que en octubre del 2022 presentó la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides.
La fiscalía señaló a Castillo como el presunto cabecilla de una organización criminal que se habría enquistado en los más altos niveles del aparato estatal, en especial en el Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para direccionar obras públicas a cargo de sobornos.
Sin embargo, el juzgado consideró que no existía una justificación objetiva ni razonable para mantener un criterio restrictivo en el caso de Castillo, mientras que en paralelo se flexibilizó para Fujimori.
El Congreso anunció que su procuraduría presentará hoy una apelación, lo que abre un nuevo escenario: el caso podría escalar hasta el Tribunal Constitucional.
?¿Quién es Anicama??
Desde el año pasado, Anicama ejerce como juez supernumerario del Segundo Juzgado Constitucional Transitorio, en la Corte Superior de Justicia de Lima. Antes fue asistente de juez en el mismo juzgado.
En el 2024 declaró fundada en parte una demanda del excomandante general PNP Jorge Angulo, destituido de su cargo por la presidenta Dina Boluarte y el entonces ministro del Interior Víctor Torres.
Anicama advirtió que hubo una afectación de derechos (al debido proceso y a la debida fundamentación y motivación de resoluciones), por lo que declaró nula la resolución con la que Boluarte concluyó la designación de Angulo.
puntos de vista
El ex oficial mayor del Congreso César Delgado Guembes sostuvo que ?la supuesta desigualdad se argumenta erróneamente por el juez?. En su opinión, ni Fujimori ni Castillo debieron recibir la pensión, porque la ley es clara al establecer la suspensión del beneficio en caso de acusación constitucional.
En tanto, el constitucionalista Erick Urbina señaló que la pensión ?no le corresponde [a Castillo], como tampoco le correspondía al señor Fujimori, porque iba claramente contra la ley?.Consideró que el Congreso debe acatar la resolución judicial, pero paralelamente puede acudir al TC para revertirla.
El especialista en asuntos parlamentarios Alejandro Rospigliosi centró sus críticas en la propia administración legislativa. Dijo que la Mesa Directiva presidida por Eduardo Salhuana manejó de manera errática y discriminatoria la concesión de pensiones.