Viernes, 10 de Octubre de 2025

Los audios de Spagnuolo, prueba ilícita

ArgentinaLa Nación, Argentina 8 de octubre de 2025

El extitular de la Andis, Diego Spagnuolo Desde unas cuantas semanas previas a las elecciones de la Provincia de Buenos Aires, los argentinos venimos siendo bombardeados con abundantes noticias de investigaciones penales que se inician producto del hackeo clandestino y anónimo de conversaciones telefónicas o intrapersonales, luego divulgadas en plataformas como YouTube o cuentas de streaming con dominio de fantasía

El extitular de la Andis, Diego Spagnuolo



Desde unas cuantas semanas previas a las elecciones de la Provincia de Buenos Aires, los argentinos venimos siendo bombardeados con abundantes noticias de investigaciones penales que se inician producto del hackeo clandestino y anónimo de conversaciones telefónicas o intrapersonales, luego divulgadas en plataformas como YouTube o cuentas de streaming con dominio de fantasía. La mención al proceso eleccionario que se desarrolló el pasado domingo no es azarosa, ya que el solo hecho de que se divulgue ese tipo de audios días antes de la concurrencia a las urnas de los ciudadanos del principal distrito electoral del país (y en la previa a que todos los argentinos elijamos a nuestros legisladores nacionales) es un agravante institucional al ya de por sí peligroso hecho.

El resultado de la "operación política" es perfecto, y es posible inferir que los resultados del domingo son, en parte, prueba de ello. La investigación penal ya en curso, actuaría como un potente instrumento de calumnia y venganza; independientemente de que a los pocos meses la pesquisa se cierre por haber tenido su origen en una prueba apócrifa. Ya será tarde para la víctima de la maniobra espuria, en el caso de la República. Los candidatos afectados por la campaña tramposa tardarían su tiempo para reparar su ya afectada reputación e imagen pública (garantías protegidas por los Tratados de Derechos Humanos). ¿Sería esto coherente en un Estado de Derecho? Por supuesto que no, ya que los procesos electorales no pueden verse afectados por investigaciones penales iniciadas en base a simples audios, correos electrónicos o chats que circulen en las redes y de muy evidente origen espurio.

Los fiscales no deben (ni pueden) legitimar las tareas de delincuencia informática; sobre todo en el mundo virtual donde vivimos, donde la manipulación de una imagen, voces o audios ya es tarea regular de un adolescente con mediano acceso a aplicaciones (Apps) como IntCall o FunCalls que ya son costumbre en la web.

El control de legalidad y prudencia debe primar en el impulso de la acción pública; siendo un requisito sine qua non para el fiscal, indagar sobre el origen y confiabilidad de la prueba informática que pretende invocar como punto de partida de su investigación. El Estado no puede transformarse en una "excursión de pesca", en el sentido de que si el resultado de una denuncia del abogado de Cristina Kirchner con audios de origen sospechoso es negativo, sigue con otras medidas de allanamiento y así sucesivamente hasta conseguir o no lo deseado.

El derecho comparado y el de nuestro país han puesto un claro freno a la incorporación en los procesos de audios de fuente sospechosa. La Cámara del Crimen, Sala VII, en el legendaria "Caso Olivera" dijo "El origen de una investigación basada en audios o imágenes de origen anónimo y que circula en las redes no es cuestión posible, es nulo; porque imposibilita conocer la procedencia de la epístola o chat y el interés concreto de quién lo confeccionó y envió a las redes o medios; el anonimato asegura la impunidad de la denuncia falsa".

Más tajante es Teresa Deu en su libro "La Prueba Ilícita" (Marcial Pons, 2011) donde se concluye que los magistrados a cargo de una investigación basada en prueba obtenida en forma anónima y espuria no pueden prosperar bajo ninguna circunstancia. Aprovechar la ilegalidad para iniciar la persecución de la corrupción pública en la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) es tan repudiable en un estado de derecho, como aprovechar la ilegalidad para intentar probar su comisión. Sea ex ante o ex post al inicio de la investigación, la ilegalidad sigue siendo tal.

Es crucial la identificación del origen de la prueba en todo juicio justo (fair trial) , circunstancia que permite minimizar que las personas sin escrúpulos se sirvan de la justicia con fines espurios, tales como la venganza, la envidia o la mala competencia electoral.

Hay que terminar con las operaciones de inteligencia; sean contra el bando político que fueran. Más aún, cuando el espionaje ilegal recae en puertas a elecciones democráticas. Las pautas del debido proceso y el principio de inocencia deben ser la regla de conducta para prosperar en la Justicia Federal Penal.

El autor es Doctor en Derecho de la Universidad de Oxford y Counsel de la Corte Penal Internacional
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