La Nación, Costa Rica
2 de diciembre de 2025
Las autoridades de Tránsito aclararon cómo deben mantenerse las licencias para evitar problemas en carretera. Revise si su documento cumple con las condiciones actuales.
Aunque desde el 2 de diciembre del 2024 la Ley de Tránsito eliminó la obligación de portar la licencia física, los conductores en Costa Rica siguen obligados a mantener la licencia de conducir vigente, recordó este martes el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT). Manejar con el documento vencido expone a una sanción cercana a ¢26.000.
La aclaración surge un año después de la reforma que permite a la Policía de Tránsito verificar en línea si el conductor está acreditado, sin exigir el plástico. Sin embargo, el deber de renovar la licencia de conducir se mantiene intacto y la persona puede realizar el trámite desde tres meses antes de la fecha de vencimiento.
El subdirector de la Policía de Tránsito, Martín Sánchez Agüero, explicó que existe el riesgo de que algunos conductores piensen que, si no deben portar el documento, tampoco necesitan renovarlo. Recordó que una licencia vencida puede reflejar situaciones como la acumulación de 12 puntos o un dictamen médico que desaconseje seguir al volante, por lo que la obligación de actualizarla sigue plenamente vigente.
En los operativos de carretera, los oficiales no sancionan a quien no porte la licencia física, siempre que el sistema confirme que el permiso está al día. En cambio, si la consulta revela que el documento está vencido, corresponde aplicar una multa de ¢26.000, según la Ley de Tránsito.
Las autoridades subrayaron que, en caso de accidente, para que las aseguradoras cubran los daños es indispensable que el conductor tenga la licencia vigente y no solamente que cuente con un permiso vencido registrado en el sistema. De lo contrario, la póliza podría no responder ante los perjuicios ocasionados.
"Es importante no confundirse, a veces solemos simplificar ideas y creemos que, si no debemos portar la licencia, tampoco es necesario renovarla; ahí podría existir una trampa mental, un error, que nos termine costando una sanción que popularmente consideramos sin gracia", agregó el funcionario.
El MOPT también recordó que siempre es obligatorio portar un documento de identidad (cédula o identificación de menor, según corresponda). El oficial de Tránsito debe verificar que la persona que conduce coincide con el nombre y número de cédula que aparecen en la información consultada en el sistema.
Respecto al plástico, el subdirector de Tránsito indicó que queda a criterio de cada conductor seguir portando la tarjeta, aunque ya no sea un requisito legal. No obstante, insistió en la conveniencia de revisar con regularidad la fecha de vencimiento y realizar la renovación anticipada dentro del plazo permitido de hasta tres meses antes, para evitar sanciones y problemas con seguros o autoridades.