Viernes, 05 de Diciembre de 2025

Avanza, con respaldo interpartidario, la aprobación del consentimiento tácito para la donación de órganos de menores

UruguayEl País, Uruguay 5 de diciembre de 2025

Con el marco hoy vigente es necesaria la autorización de los representantes legales y con esta iniciativa se apunta a incrementar la cantidad de donantes que se considera que dista todavía de ser suficiente.

La comisión de Salud de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad un proyecto de ley presentado por el senador nacionalista Martín Lema para que se extienda a los menores de edad o incapaces la presunción sobre el consentimiento tácito a la donación de su cuerpo u órganos y tejidos en caso de fallecimiento.

Lema explicó a El País que el actual marco legal (adoptado en 2013) establece la posibilidad del consentimiento presunto o tácito para las personas mayores, pero que en el caso de los menores o incapaces se determina que la autorización debe ser otorgada por los representantes legales en el momento en que se constata el deceso y que distintas organizaciones habían planteado la necesidad de modificarlo. "Es muy injusto estar consultando a los padres en un momento tan traumático. Esto supone un cambio de paradigma", consideró el legislador. "Esto era necesario, Así lo plantearon organizaciones como "Corazoncitos" que fueron a la comisión de Salud. Valoro profundamente la buena voluntad de los senadores de todos los partidos que actuaron con mucha celeridad", agregó.

El proyecto, que fue presentado en agosto pasado, será seguramente aprobado el próximo martes en la Cámara de Senadores y luego pasará a consideración de la Cámara de Representantes. Lema ya realizó contactos con diputados de la comisión de Salud de la cámara baja. En la exposición de motivos, Lema escribió que el actual marco legal "genera que haya niños que mueren a la espera de recibir un trasplante y otros pasen mucho tiempo en lista de espera".

"La oposición a ser donante en el caso de menores de edad o incapaces declarados judicialmente surtirá efectos por la sola manifestación de uno de sus representantes legales o judiciales (padres, tutores o curadores) mediante las formas previstas en este artículo y en la normativa vigente", dice el artículo 2 del proyecto de Lema.

El consentimiento o la negativa podrán ser revocados en cualquier momento. Los familiares deberán ser informados acerca de la necesidad y naturaleza de los procedimientos a practicarse o practicados.

En los casos en que la causa de la muerte amerite la realización de una pericia forense, la ablación deberá ser realizada con la autorización del juez penal de turno al momento del fallecimiento, previo informe del médico forense que será inapelable y debidamente fundado.


Única alternativa


La fundación "Corazoncitos" tiene como uno de sus objetivos centrales la mejora en los tratamientos a los niños con cardiopatías congénitas. La directiva Verónica Montoli dijo a El País que comparten el espíritu del proyecto. "Nos lo debemos como sociedad. Nos cuesta a los adultos poder tratar el tema, pero es una realidad que los niños fallecen. Esta es la única alternativa. Siempre hay un niño en lista de espera para recibir la donación de un corazón. Siempre faltan donantes. Y si a los padres se les pregunta inmediatamente después del fallecimiento no están psicológicamente preparados y seguramente dirán qué no, lo que es totalmente entendible. En ese momento probablemente quieran morirse con su hijo. Además, el proyecto no quita el derecho a decir que no", señaló.

En la región, Uruguay encabezó el año pasado el ranking de cantidad de donaciones.







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