Lunes, 12 de Enero de 2026

Gobierno propone vender la vivienda VIS en pesos

ColombiaEl Tiempo, Colombia 12 de enero de 2026

Hoy en día, los topes están indexados al mínimo, el cual subió un 23 por ciento para este 2026

Hoy en día, los topes están indexados al mínimo, el cual subió un 23 por ciento para este 2026.
Tras el aumento de 23 por ciento del salario mínimo, el Ministerio de Vivienda publicó un borrador de decreto para que el precio de la vivienda de interés social (VIS) sea comercializada en pesos y no en mínimos, como estaba hasta ahora. "Toda separación, promesa de compraventa, encargo fiduciario o cualquier negocio jurídico destinado a la adquisición de vivienda de interés social deberá establecer de manera expresa, clara y verificable el precio total de la vivienda en pesos colombianos, el cual constituirá el único precio exigible para la ejecución del respectivo contrato hasta su finalización", asegura el documento. En la actualidad, el Plan Nacional de Desarrollo lo que establece es que el valor de la vivienda de interés social no debe exceder de 135 salarios mínimos, lo que equivale a 235,8 millones de pesos para este 2026, es decir, 44 millones de pesos más que apenas hace un año (192 millones de pesos). En el caso de las ciudades que tienen más de un millón de habitantes, tales como Bogotá, Medellín o Cali, entre otras, el Plan indica que el valor máximo es de 150 salarios mínimos, es decir, de 262 millones de pesos, una cifra muy por encima de los 213 millones de pesos del 2025. Igualmente, cuando se trata de viviendas de interés prioritario (VIP), la ley establece actualmente que el valor tope debe ser de 90 salarios mínimos, lo que equivale a 157 millones de pesos para este 2026, un 23 por ciento más que los 128 millones de pesos de hace apenas un año. En el nuevo decreto se indica que en ningún caso dicho precio podrá quedar sujeto a mecanismos de indexación automática asociados al salario mínimo con posterioridad a la separación, a la suscripción de la promesa de compraventa o del documento que haga sus veces. "Solo podrán realizarse ajustes al precio en pesos colombianos cuando existen motivos extraordinarios que afecten los precios de los insumos y que estén soportados en el índice de costos de la construcción de edificaciones (ICCE), elaborado por el Dane", se puede leer en el documento, que está para comentarios.
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