Polémico cobro a generadores para ‘salvar’ a Air-e
El Ministerio de Minas y Energía expidió el decreto 0044 por medio del cual se introducen nuevos tributos a la generación de energía eléctrica en Colombia, los cuales tendrían serias afectaciones a la estabilidad financiera del sector y a la credibilidad del marco institucional
El Ministerio de Minas y Energía expidió el decreto 0044 por medio del cual se introducen nuevos tributos a la generación de energía eléctrica en Colombia, los cuales tendrían serias afectaciones a la estabilidad financiera del sector y a la credibilidad del marco institucional. Según la normativa, se crea una contribución parafiscal para el fortalecimiento del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, orientada a financiar actuaciones necesarias para garantizar la continuidad, calidad, cobertura y sostenibilidad de la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica, que en su mayoría iría para Aire-e. "La base gravable estará constituida por la utilidad antes de impuestos de la vigencia 2025 determinada por el sujeto pasivo en el periodo, conforme a los estados financieros de la vigencia 2025, preparados y presentados conforme a las disposiciones Código de Comercio, reportados por el sujeto pasivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios a través del Sistema Único de Información (SUI)", resalta el documento. ¿De cuánto será
la contribución? Según lo expedido, la contribución será del 2,5% sobre la base gravable. Esta se causará el 2 de febrero de 2026 y el pago se realizará en dos momentos del año. Un primer pago estará programado para el 2 de febrero de 2026 por un valor equivalente 1,25%, liquidado de manera inicial con base en la información certificada de los Estados Financieros de la vigencia 2024, preparados y presentados conforme a las disposiciones Código de Comercio. Y el segundo pago está definido para el 15 de mayo de 2026 y correspondiente 1,25% restante con la presentación de los estados financieros consolidados y debidamente aprobados de la vigencia fiscal 2025 por parte del sujeto pasivo ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. "La mora en el pago causará intereses a la tasa máxima autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia", agrega el documento. Para Alejandro Castañeda, presidente de Andeg, gremio de los generadores térmicos , este decreto es confiscatorio ya que es una sobretasa que tendrán que pagar los generadores con el fin de saldar la deuda que tiene Air-e con estas empresas de energía. "Es un decreto que se desarrolla en el marco de la emergencia económica, pero es un decreto que es totalmente inconveniente para el sector eléctrico y adicionalmente es confiscatorio, porque el primer artículo que tiene ese decreto lo que dice es que crea un impuesto de 2,5% sobre las utilidades de años anteriores para los generadores con un solo propósito y es nutrir el fondo empresarial que es la que vela por darle recursos a las empresas intervenidas. Eso es un autopago porque le están cobrando un impuesto a los generadores para pagar una deuda a los mismos generadores", aseveró Castañeda sobre la nueva contribución. El dirigente gremial señaló que habría sido más sencillo que les dijeran que se descontara esa plata y se castigará la cartera para evitar todo este rollo donde a todas luces el responsable de haber nutrido el fondo empresarial debía ser el Ministerio de Hacienda y la Superfinanciera de Servicios Públicos, pero no lo hicieron.