Domingo, 15 de Febrero de 2026

Universidades públicas podrán agilizar compras para investigación con nueva ley

Costa RicaLa Nación, Costa Rica 14 de febrero de 2026

Iniciativa fue aprobada en segundo debate con 36 votos a favor en la Asamblea Legislativa.

La Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate, el jueves 12 de febrero, un proyecto que exceptúa a las universidades públicas de Costa Rica de los procedimientos ordinarios de contratación para la compra de bienes y servicios ligados a la investigación científica y tecnológica, mediante la aplicación de un procedimiento especial.

"La nueva legislación busca agilizar las compras, ya que la Ley 9986 ha traído trámites lentos, complicados, costosos y restricciones para contratar proveedores extranjeros", indica una imagen con el logo del Tecnológico de Costa Rica (TEC).

En la redacción final de la iniciativa legal 23.652 se exceptuará de los procedimientos ordinarios de la Ley General de Contratación Pública (Ley 9986) las membresías a organismos internacionales y la suscripción a bases de datos necesarias para la investigación en las universidades públicas y el Consejo Nacional de Rectores (Conare), las cuales estarán exentas de todo tipo de impuestos.

También se excluye de los procedimientos ordinarios la contratación para el desarrollo de "actividades académicas, de investigación o de extensión" que realizan dichas instituciones y que, por las circunstancias concurrentes, no pueda ser sometida a concurso público o no convenga someterla.

"La selección del contratista deberá estar precedida de un estudio de mercado a fin de determinar los potenciales proveedores, en donde se verifique la idoneidad del proveedor seleccionado y la razonabilidad del precio", dice la redacción final del proyecto.

"En caso que el proveedor definido como idóneo no se encuentre registrado en el Sistema Digital Unificado y que las circunstancias como carencia de medios tecnológicos, extraterritorialidad del domicilio u otros debidamente comprobados por las universidades públicas y el Conare, no permitan su registro oportuno como proveedor, se podrá realizar la contratación con la exclusión total del Sistema Digital Unificado", añade el texto.

Pese a esto último, la información completa de la contratación tendrá que registrarse en los módulos del sistema que la Dirección de Contratación Pública habilite para dichos efectos.

La iniciativa fue aprobada el pasado 12 de febrero con 36 votos a favor.

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