Lunes, 09 de Marzo de 2026

Minedu confirma clases virtuales por crisis de GNV, pero contempla excepciones

PerúEl Comercio, Perú 9 de marzo de 2026

análisis . Expertos sostienen que una resolución ministerial no es la norma adecuada para la medida y cuestionan las razones del Ejecutivo detrás de la decisión.

El Ministerio de Educación (Minedu) publicó la Resolución Viceministerial N° 033-2026 en la que estableció las clases virtuales en Lima y el Callao durante una semana ante la escasez de gas natural vehicular. La obligatoriedad y justificación de la medida son cuestionadas por especialistas; en tanto, antes de la publicación de la norma, algunas instituciones educativas informaron que tendrán clases presenciales.





La R.V. N° 033-2026 establece las clases virtuales de manera ?excepcional y temporal?, a fin de asegurar la continuidad del servicio educativo frente a la contingencia. Sin embargo, el texto no menciona que dicha modalidad sea obligatoria, tal como había afirmado la jefa del Gabinete Ministerial, Denisse Miralles, en entrevista con ?Punto final?.



?Las instituciones educativas públicas y privadas comprendidas en el ámbito de la presente resolución adoptan las acciones de gestión y de comunicación necesarias para garantizar la continuidad del servicio educativo mediante el uso de plataformas digitales u otros mecanismos de educación a distancia?, dice el documento.



Asimismo, precisa que los centros educativos deberán comunicar oportunamente a las madres, padres de familia o apoderados la implementación de la modalidad remota temporal y las medidas adoptadas para asegurar la continuidad del servicio educativo.



?Excepcionalmente, las instituciones educativas públicas y privadas […] que no cuenten con plataformas digitales, conectividad u otros medios que permitan implementar la modalidad remota quedan exceptuadas de lo dispuesto en el art. 2 de la presente resolución, pudiendo prestar el servicio educativo de manera presencial?, subraya.



?La aplicación de esta excepción debe ser comunicada a la unidad de gestión educativa local correspondiente […] y tiene carácter estrictamente excepcional?, agrega.



?Cuestionamiento legal?



El constitucionalista Erick Urbina declaró a El Comercio que no se ha utilizado el instrumento jurídico correspondiente. ?No me parece que una R.V. sea una norma correcta. Debió utilizarse un decreto de urgencia. Pero, como el Congreso no le ha dado facultades legislativas, el Ejecutivo tendría que establecer antes un estado de emergencia en Lima y el Callao para poder legislar?, explicó.



Ricardo Cuenca, exministro de Educación, indicó que cada decisión del Ejecutivo debe estar refrendada por una norma. ?Esto demuestra que hay una incapacidad para la gestión pública desde el Ejecutivo. No saben cómo funciona el aparato público y, por lo tanto, salen con un comunicado de clases virtuales que no tiene ningún sentido?, sostuvo.



Idel Vexler, exministro de Educación, declaró a Canal N que el Minedu ha anunciado las clases virtuales a través de un comunicado y no mediante una resolución ministerial, por lo que la medida no tendría un carácter mandatorio.



Por su parte, el viceministro de Gestión Institucional del Minedu, Walter Borja, explicó que la decisión de promover clases virtuales en Lima y Callao entre el 9 y el 13 de marzo forma parte de una medida de contingencia adoptada por el gobierno frente a la crisis energética. Señaló que el objetivo es reducir la movilidad en la ciudad y, con ello, disminuir el consumo de combustibles.



Cabe señalar que la Asociación de Colegios Privados de Asociaciones Culturales que reúne a 15 instituciones manifestó su ?profunda preocupación? ante el reciente anuncio del Ejecutivo.<FFFC>
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