La Nación, Costa Rica
4 de junio de 2026
El nuevo estatus temporal busca ordenar la situación de miles de migrantes y reducir el rezago en el sistema de refugio.
La Dirección General de Migración y Extranjería habilitó una categoría especial temporal complementaria dirigida a nicaragüenses, venezolanos, cubanos y colombianos solicitantes de refugio.
La medida busca regularizar a aquellas personas cuyas se solicitudes se encuentren pendientes de resolución, hayan sido declaradas manifiestamente infundadas o hayan sido denegadas.
Según explicó Omer Badilla, Director General de Migración y Extranjería, la iniciativa responde a la "necesidad" que tiene dicha dependencia de poder "analizar las solicitudes de personas de Nicaragua, Venezuela, Cuba y Colombia que han quedado en el país para darles un estatus migratorio regular".
Migración señaló que la figura de la Categoría Especial ya se utilizó previamente en el país durante los años 2019 y 2023, operando bajo los criterios propios de las administraciones que la habilitaron en su momento.
La resolución que da vida a la categoría especial fue publicada el 29 de mayo, el alcance 65 del diario oficial La Gaceta. Ahí se estipula que las persona beneficiaras tendrá libre condición para desempeñarse en cualquier actividad laboral remunerada, ya sea por cuenta propia o en relación de dependencia.
El estatus tendrá una vigencia de dos años, con la posibilidad de ser renovado por periodos idénticos.
¿Por qué se implementa?
La resolución DG-0064-05-2026 señala que, desde el año 2014, Costa Rica ha registrado un aumento considerable de solicitudes de refugio de estas cuatro nacionalidades, lo cual ha generado un volumen de casos que sobrepasa las capacidades del sistema y provoca retrasos.
Muchas de estas personas no cumplen con la definición de refugiado, quedando en una situación de irregularidad y vulnerabilidad.
Badilla declaró, ante consultas de La Nación, que "los conflictos y situaciones políticas" de los cuatro países de origen, "han obligado a muchas personas a recurrir, por ejemplo a Costa Rica, para solicitar un estatus migratorio". Esto se alinea con la resolución, que justifica la medida por la profundización de las situaciones políticas, sociales, económicas y de orden público en dichos Estados.
En cuanto a la inclusión de las personas a las que previamente se les rechazó o denegó la solicitud de refugio, el jerarca argumentó que el país cree en una migración segura, ordenada y regular. Destacó que quienes recibieron una respuesta negativa "ya se encuentran en Costa Rica y han presentado un arraigo", por lo que lo más sano es establecer una medida que garantice su regularización sin afectar la seguridad nacional.
Requisitos y filtros de seguridad
Para acceder a la categoría, los solicitantes deben haber formulado su petición de refugio después del 1.° de junio de 2014 y hasta el 7 de mayo de 2026. Además, deben haber residido en el territorio nacional de forma ininterrumpida desde que hicieron la solicitud y no contar con ninguna otra categoría migratoria aprobada.
Según Badilla, el proceso está acompañado de un estricto proceso de revisión para evitar que el beneficio pueda ser otorgado a personas que supongan un riesgo a la seguridad.
Igualmente, señaló que si en alguno de los filtros detectan a personas que suponga un peligro, "serán puestas a la orden de la policía de Migración, para realizar las gestiones de deportación o expulsión correspondiente".
La normativa prohíbe otorgar esta categoría a quienes constituyan una amenaza para la seguridad y el orden público, o tengan condenas por delitos dolosos en los últimos diez años. El otorgamiento está supeditado a revisiones internacionales y nacionales de antecedentes policiales y penales.
La documentación a presentar incluye:
Trámite a seguir
Las solicitudes se recibirán únicamente entre el 1.° de setiembre de 2026 y el 1.° de setiembre de 2027.
El trámite es presencial en la Dirección General de Migración y Extranjería en La Uruca, mediante cita previa. La solicitud debe entregarse de forma completa; si faltan requisitos, se rechazará de plano en el mismo acto.
Una vez notificada la resolución de aprobación, la persona tiene un plazo de tres meses para iniciar su documentación final; de lo contrario, el beneficio será cancelado automáticamente.
Para obtener el documento físico, se deberán cancelar diversos rubros gubernamentales (que suman un aproximado de $95, más el costo de emisión del documento) y presentar un comprobante vigente de aseguramiento ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).