Domingo, 28 de Junio de 2026

¿Reducción de la jornada?

UruguayEl País, Uruguay 28 de junio de 2026

En 1915 la reducción a ocho horas fue viable porque había margen productivo para bancarla. Hoy la realidad es otra.

Se ha escrito mucho sobre la reducción de la jornada laboral con la convicción del profeta que ya conoce el final del cuento. La posición es vieja: solo la ley puede garantizarla. Porque para esta tesis, la negociación colectiva es débil, los sindicatos flojos, y el capital siempre prevalece. Por tanto, el Estado tiene que intervenir aún más, reducir la jornada por ley, y liquidar el debate. El argumento posee la ingenuidad de lo simple e ignora las consecuencias nefastas.

Pensemos. Se sostiene que dejar la reducción de la jornada en manos de la negociación colectiva transforma un derecho en una prebenda de los sindicatos fuertes. Esto suena a justicia distributiva y huele a paternalismo. Arranca del convencimiento que los trabajadores -sean organizados o no- no tienen capacidad para negociar sus propias condiciones sin que el Estado les asista. Esta premisa no dignifica en nada al empleado, y lo infantiliza.

También se esgrime el argumento histórico: porque la ley de 8 horas anduvo, esto también lo hará. Pero ojo con eso, el razonamiento por analogía histórica es de los más peligrosos que existen. En 1915 nuestro país era una economía en expansión, con muchísimo empleo artesanal, sectores industriales pujantes y una presión demográfica suave. La reducción a 8 horas fue viable porque había margen productivo para bancarla. Hoy la realidad es otra y distinta. La economía - por más que se la dibuje - hoy no está creciendo, y aunque lo hiciera jamás lo haría a un ritmo como para sostener esto. Uruguay tiene una productividad muy inferior al resto de los paises, lo que no amerita una reducción de la jornada, ni aún con reducción salarial. Imponer con fórceps una reducción de la jornada por ley - o aún por convenio - con este panorama no es progresismo: es una apuesta segura a destruir empleo formal con el cuento de protegerlo.

Y es precisamente este el error técnico de quienes defienden la reducción. Nunca encaran bien el concepto de productividad, la que nunca es absoluta, sino relativa al resto de los países. Hablan de dignidad, de conquistas, de derechos, sin pensar con que se banca todo esto. Nunca le entran en serio a la única variable que puede hacer sostenible el análisis de cualquier reducción horaria sin pérdida de salario: el incremento absolutamente correlativo de la productividad por hora trabajada. Y la creación de un mecanismo eficiente - y a medida por empresa - para ese cálculo. Porque, cuando la productividad no crece -y aquí no ha crecido nunca de la forma requerida- reducir la jornada se traduce en encarecer el costo laboral por unidad producida. Quienes pueden trasladar ese costo al precio, lo hacen. Quienes no pueden, los que se mueven en mercados abiertos a la competencia ya sea nacional o regional, se verán obligados a ajustar por la única variable que les queda: el empleo. La norma que protege al empleado que tiene trabajo empuja necesariamente hacia la informalidad -o al desempleo- al que aún no lo tiene.

Se ha sostenido que lo que se consiga mediante negociación es liviano y expuesto a las contingencias de la correlación de fuerzas entre los actores sociales. Y que solo la ley ofrece la certeza de lo permanente. Esta dicotomía es absolutamente falsa. Las leyes se derogan, se cambian, se dejan de aplicar en todo o en parte mediante su reglamentación. Pero hay algo más relevante y que cercena la libertad: una ley excluye la posibilidad de que diversos sectores se autocompongan encontrando soluciones diferentes a realidades distintas. La rigidez legal tiene un costo que no aparece en ningún paper: el de la inadaptación. El sector logístico no tiene las mismas variables de tiempo que la industria de la construcción. El trabajo rural zafral no permite aplicar los mismos criterios que la industria manufacturera o las fintech. La añorada ley uniformizante no conoce de esa heterogeneidad. Y este precio lo pagarán los trabajadores de los sectores más vulnerables.

Lo que hay que preguntarse es: ¿quién paga la cuenta? Reducir la jornada sin tocar el salario, ineludiblemente necesita de alguien que lo financie. Y aunque no se vea, ese siempre está. Si el ciclo es expansivo, se podrían amortiguar a corto plazo los efectos. Pero quien va a bancar el muerto será la pequeña y mediana empresa que apretará costos, o el trabajador en la informalidad que no logrará formalizarse, y que no gozará de cobertura de seguridad social, ni sindical, ni legal, o el desempleado que nunca ingresará al mercado formal porque contratarlo es mucho más caro que el beneficio marginal de su trabajo. La ley nunca elimina ese costo. Solo lo redistribuye, y lo hace en desmedro de los más vulnerables, de las empresas chicas, y de los que no tienen voz en ningun lado.

Lo verdaderamente correcto y razonable no es optar entre ley o negociación colectiva. Es dejar que las partes -trabajadores y empleadores- tengan capacidad real de negociar entre ellos mismos sin intervención, con información, sin coerción estatal, y con un marco legal que garantice mínimos sin imponer límites ni condiciones. Ese es el único camino que valora la autonomía y dignidad del trabajador como agente racional, y no como objeto de la tutela estatal. El orden espontáneo de decenas de miles de negociaciones sectoriales genera más información y mejores resultados que el diseño central de una jornada única por parte del Estado. Esto es lo que se denominó el problema del conocimiento disperso. En el derecho del trabajo, este dilema se llama negociación colectiva.
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