La Nación, Costa Rica
22 de julio de 2026
Conozca cómo se debe pagar el feriado del 25 de julio de 2026 en Costa Rica. Guía del MTSS sobre el pago doble, horas extra al triple y cálculo por salario.
El próximo sábado 25 de julio de 2026, Costa Rica conmemora la Anexión del Partido de Nicoya, uno de los feriados patrios más relevantes del calendario laboral. Más allá del simbolismo histórico, para trabajadores y empresas este día plantea una pregunta muy concreta: si se labora ese sábado feriado, ¿cómo se debe pagar correctamente esa jornada?
La respuesta no admite interpretación: el 25 de julio es un feriado de pago obligatorio y, si se trabaja, la jornada debe ser remunerada al doble, mientras que las horas extra se cancelan al triple. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) recuerda en sus criterios generales que, además, el disfrute de los feriados es obligatorio; nadie puede ser obligado a trabajar ese día si no hay acuerdo o una de las excepciones expresas del Código de Trabajo.
25 de julio: feriado de pago obligatorio
El punto de partida está en el artículo 148 del Código de Trabajo, que lista los feriados de pago obligatorio: 1 de enero, 11 de abril, Jueves y Viernes Santo, 1 de mayo, 25 de julio, 15 de agosto, 15 de setiembre y 25 de diciembre. Estos días se pagan aunque no se trabajen y, si se laboran, generan el derecho a pago doble por la jornada ordinaria y a pago triple por las horas extra.
Para 2026, el calendario oficial del MTSS confirma que el 25 de julio cae sábado y mantiene su condición de feriado de pago obligatorio. Esto significa que el disfrute del feriado se da el mismo sábado y, en caso de trabajo efectivo ese día, se activan las reglas especiales de remuneración.
Modalidad de pago: industria vs comercio
La forma concreta de ver reflejado ese pago doble depende de cómo se remunera al trabajador: por día o semana (modalidad típica de industria) o por quincena/mes (modalidad de comercio).
En la modalidad de industria —donde se paga sólo los días efectivamente laborados, de forma diaria o semanal— el MTSS indica que, cuando hay un feriado de pago obligatorio en la semana, el patrono debe añadir un salario sencillo por ese feriado, aunque no se trabaje. Si además el trabajador labora el feriado, el adicional pasa a ser doble: se paga la jornada de ese día a salario ordinario más otro salario igual, completando el pago doble que exige la ley.
En la modalidad de comercio —pagos mensuales o quincenales donde se remuneran los 30 días del mes, hábiles e inhábiles— todos los 12 feriados se consideran de pago obligatorio en el sentido de que ya están incluidos dentro del salario. Aquí, si el trabajador disfruta el feriado, gana ese día como si lo hubiera trabajado; si en cambio lo labora, el patrono debe agregar un día sencillo adicional para completar el pago doble por el feriado trabajado.
¿Qué pasa cuando el feriado cae sábado?
El hecho de que el 25 de julio de 2026 caiga sábado genera dudas frecuentes, especialmente en jornadas acumulativas donde se trabaja de lunes a sábado y el domingo es el descanso. La regla general se mantiene: el sábado feriado de pago obligatorio se paga igual que cualquier otro feriado obligatorio, y si se labora se reconoce el pago doble.
Así, en una empresa industrial donde se trabaja de lunes a sábado, el patrono debe pagar seis días ordinarios más un día adicional sencillo por el feriado si no se labora; si el colaborador sí trabaja el sábado 25, ese día se le paga doble —es decir, un salario por el día que ya se contabiliza en la semana más otro salario igual adicional— y las horas extra que se realicen ese sábado se reconocen al triple.
En empresas comerciales que pagan por mes o quincena, el sábado 25 de julio ya está incluido en el salario como día feriado de pago obligatorio; si el trabajador lo disfruta sin laborar, no hay pago adicional. Si se labora ese sábado, el patrono debe sumar a la planilla un día sencillo adicional, para completar el pago doble que exige el Código de Trabajo, más el recargo por horas extra si las hubiera.
Horas extra: recargo triple
El calendario de feriados del MTSS y los criterios explicativos del Ministerio son claros respecto del tratamiento de las horas extra en feriados de pago obligatorio. Cuando se trabaja jornada extraordinaria un feriado obligatorio, las horas extra se pagan a tiempo y medio sobre una jornada que ya está al doble, lo que en efecto se traduce en un pago triple por cada hora extra.
Esto aplica tanto para quienes reciben pago diario o semanal como para quienes tienen salario mensual o quincenal, siempre que se trate de una relación laboral regulada por el Código de Trabajo. En relaciones de servicios profesionales u otras figuras civiles o comerciales, las reglas de feriados del Código no se aplican y el esquema de pago debe pactarse contractualmente.
Ejemplo práctico
Supongamos un trabajador con salario diario ordinario de 10.000 colones, en una empresa industrial donde se paga por semana, de lunes a sábado.
En una empresa comercial que paga salario mensual, esos 10.000 colones diarios ya están incluidos en los 30 días remunerados del mes, de modo que el 25 de julio se paga sencillo aunque no se trabaje. Si el trabajador sí labora el sábado feriado, el patrono debe añadir otros 10.000 colones para completar el pago doble por ese día; cualquier hora extra se reconocerá nuevamente al triple.
Derechos, acuerdos y sanciones
Ni el colaborador está obligado a trabajar en un feriado de pago obligatorio, ni el patrono puede cambiar arbitrariamente el feriado por otro día de descanso, por ejemplo, hacer laborar el 25 de julio y dar libre el 26 a cambio. El descanso y el pago doble deben corresponder al día exacto del feriado, salvo las reglas de traslado previstas en el mismo artículo 148 para ciertas fechas que caen martes, miércoles, jueves o viernes, lo que no aplica al 25 de julio de 2026 al caer sábado.
Los expertos en derecho laboral advierten que el incumplimiento en el disfrute o en el pago correcto de los feriados puede acarrear multas significativas para la empresa, que van desde varios salarios base hasta sanciones mayores, dependiendo de la gravedad y reiteración de la infracción. Por ello, la recomendación suele ser revisar con detalle la modalidad de pago vigente en la organización y, ante dudas, consultar directamente con el MTSS o con asesores especializados antes de decidir cómo remunerar el trabajo en feriados.
En síntesis, si usted trabaja el feriado del sábado 25 de julio en Costa Rica, la regla base es simple: el día se paga doble y las horas extra, triple, y la forma de que eso se refleja en su salario depende de si le pagan por día o semana (industria) o por quincena/mes (comercio). Esta claridad normativa ofrece un marco seguro tanto para la persona trabajadora como para la empresa, siempre que ambos conozcan y respeten la legislación vigente.
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Este artículo fue publicado por un editor de El Financiero asistido por un sistema de Inteligencia Artificial.