Fallo inadmisible
Siete años de vacas gordas y siete de vacas flacas es cosa antigua.
Hace poco tiempo quebraron en el país fondos de inversión en ganadería y quedaron por el camino centenas de inversores. Una persona invertía en ellos sus ahorros y llegaba a obtener retornos en dólares del 7% al 10% (a veces más). En la lista de bancarrotas revistan el Grupo Larrarte, República Ganadera y Conexión Ganadera.
En ganadería la rentabilidad real del negocio en el largo plazo es del 3% al 5% del capital. Siempre que no acaezcan catástrofes (como aftosa, sequías) en los que la rentabilidad puede ser hasta de menos 0%. Los productores reales se sorprendían con el "milagro". ¿Cómo cualquier persona ignorando cuántas patas tiene una vaca, podía llenar los bolsillos sin despeinarse?
En Uruguay en el derecho privado rige el principio de la autonomía de la voluntad de las partes para contratar. Quienes contratan asumen riesgos y si no toman precauciones al hacerlo y la otra parte incumple -entre otras razones porque se funde- es un asunto privado. Algunas actividades tienen reglamentación y control del Estado (por ej.: los bancos) y otras no lo tienen. Y, el inversor, con capacidad para contratar -si a cambio de un depósito de dinero le hacen promesas descabelladas de ganancia por encima del mercado- es quien debe analizar los riesgos que asume. Después que lo hizo y si -como en este caso le sale mal- no puede sostener que la culpa es del Estado porque no controlaba esa operación. Y, que el pueblo debe hacerse cargo de sus pérdidas e indemnizarlo. Si le hubiera salido bien por cierto no hubiera repartido las ganancias con Juan Pueblo, a quien aspira se le carguen sus pérdidas. Debió estudiar el riesgo por sí mismo antes de invertir.
En un juicio vinculado con República Ganadera S.R.L., un fallo de primera instancia del juzgado de lo contencioso administrativo a cargo del Juez Alejandro Martínez de las Heras, aduciendo falta de fiscalización efectiva por el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca en materia de trazabilidad y de controles por el Banco Central fijó una indemnización de 25.000 dólares a cargo del Estado en beneficio de cada uno de tres reclamantes por estos conceptos (reclamaban 269 mil dólares). La sentencia abre la puerta a un alud de decenas de reclamaciones más -en definitiva- contra el contribuyente Juan Pueblo. Se anuncian apelaciones contra el fallo.
Cuenta el Génesis que José, hijo de Jacob, fue vendido por sus hermanos y terminó en Egipto como esclavo. Gracias a su capacidad para interpretar sueños, el faraón lo liberó y nombró administrador. Un día el faraón había soñado con siete vacas gordas que eran devoradas por siete vacas flacas. José explicó que el sueño significaba que habría siete años de gran abundancia. Y, que después vendrían siete años de hambre y escasez tan severos que harían olvidar la prosperidad anterior. Lo que ocurrió. Había elaborado la teoría de los ciclos económicos que rige hasta nuestros días.
También propuso que durante los años de abundancia, Egipto debía almacenar parte de las cosechas para disponer de reservas durante los años de escasez. Gracias a esa previsión, Egipto pudo afrontar hambrunas e incluso abastecer a otros pueblos.
Lo de los ciclos lo saben los auténticos productores rurales. Lo desconocen quienes invierten como especuladores capitalistas y en las malas apelan a la solidaridad socialista.