Sala cuna, vergonzosa obstaculización
El Senado debe resistir las interesadas presiones gremiales contra esta reforma.
La reforma al artículo 203 del Código del Trabajo es urgente. En su diseño actual -los empleadores tienen la obligación de proveer sala cuna hasta los 2 años, si tienen 20 o más mujeres empleadas- constituye un desincentivo al empleo femenino. Por ello, es vergonzosa la actuación de Ajunji, la asociación de funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, quienes, asistiendo a la votación del proyecto la semana pasada, impidieron que pudiese continuar su discusión. Sus argumentos son débiles. A la base de su oposición parece existir solo un conflicto de interés.
En efecto, casi el 70 por ciento del total de alrededor de 84 mil niños que asisten a sala cuna se atienden vía Junji; el otro actor relevante es Integra, también de responsabilidad estatal. Un poco más de un 40 por ciento de la matrícula Junji es cubierta directamente por este servicio, dependiente del Ministerio de Educación. Un 50 por ciento es financiado por transferencia de fondos a jardines de municipios o de servicios locales de educación pública. El resto es provisto por fundaciones privadas, también vía transferencia. Las funcionarias, al parecer, temen por la opción que abriría esta reforma para que muchas mujeres trabajadoras puedan eventualmente elegir llevar a sus hijos a otros establecimientos. Después de todo, cabe recordar que, por ejemplo, el mayor número de viajes al exterior en períodos de licencia médica ocurrió precisamente en este servicio, lo que sugiere problemas en su funcionamiento que sin duda implican efectos negativos sobre la atención de los párvulos. Debe considerarse, sin embargo, que la cobertura de sala cuna en Chile es baja comparada con la de la mayoría de los países OCDE y cabe anticipar que, con la reforma, ella aumente, reduciendo el riesgo para los oferentes estatales.
Pero, más allá de eso, es inaceptable la presión que están ejerciendo las funcionarias. Hay en esta reforma la oportunidad de modificar una norma que ha sido muy perjudicial para las oportunidades laborales de la mujer. El proyecto es razonable y tiene la virtud de que no significa un aumento en los costos laborales, porque el fondo de sala cuna se financia con un aporte de los empleadores que se compensa con una reducción equivalente en la contribución que realizan al seguro de cesantía, sin que ello ponga en riesgo los beneficios de este último, según cálculos actuariales.
El Senado debe resistir estas presiones, las que buscan proteger una posición dominante que carece de sentido y no considera el bien público. Sería inexplicable que por ello no se corrigiese el enorme gravamen que significa para las mujeres la actual regulación contemplada en el Código del Trabajo.