EPS deberán pagar factura de energía a algunos pacientes
La Corte Constitucional fijó nuevas reglas sobre el pago de energía cuando un tratamiento médico domiciliario depende de equipos eléctricos, dijo El Tiempo
La Corte Constitucional fijó nuevas reglas sobre el pago de energía cuando un tratamiento médico domiciliario depende de equipos eléctricos, dijo El Tiempo. La decisión surgió del caso de un adulto mayor con Epoc que requiere oxígeno en su casa y cuyo consumo eléctrico aumentó por el uso permanente de un concentrador. El paciente presentó una tutela contra Savia Salud EPS y Empresas Públicas de Medellín, EPM, al considerar que el costo de la factura de energía había alcanzado un nivel que no podía asumir con sus ingresos, poniendo en riesgo la continuidad de su tratamiento. Al revisar el caso, la Sala Tercera de Revisión encontró que el accionante se encontraba en condición de vulnerabilidad económica y que había necesitado oxígeno domiciliario. Advirtió que no existía una orden médica vigente que permitiera establecer si el tratamiento debía mantenerse y bajo qué condiciones. La Corte ordenó primero actualizar la valoración médica. Savia Salud EPS deberá realizar, dentro de los 10 días siguientes, una evaluación integral del estado de salud del paciente para definir si continúa requiriendo oxígeno domiciliario, con qué intensidad y durante cuánto tiempo. La EPS también deberá revisar qué alternativa de suministro resulta más adecuada entre pipetas, cilindros o concentrador eléctrico. La Corte dijo que esa decisión deberá considerar criterios médicos, técnicos y de sostenibilidad económica, sin suspender el tratamiento mientras hay una definición. "Le corresponde a las EPS evaluar las condiciones de cada paciente para definir la modalidad de suministro de oxígeno más adecuada", dijo la Corte.