La ONU y los impuestos
La decisión del Gobierno se hace cargo de las razonables dudas que la iniciativa genera.
Denunciando supuestas motivaciones ideológicas, se ha cuestionado la decisión del Gobierno de retirarse de las negociaciones de la Convención Marco de Cooperación Tributaria de la ONU. No es extraño que las críticas vengan de exautoridades de la administración Boric, que apoyó ese proceso. Cosa distinta es descalificar como meros afanes de "guerra cultural" una determinación así, sustentada en las razonables dudas que voces técnicas han planteado frente a la Convención que se negocia.
Desde luego, y aunque se ha querido vincular el proceso en la ONU con los esfuerzos que desarrolla desde hace años la OCDE, la idea de suscribir una Convención en el marco de Naciones Unidas surgió más bien como un reparo al trabajo de la OCDE, al que se le cuestionaba no considerar las visiones de los países en desarrollo. Así, el debate en la ONU ha estado a menudo teñido por la retórica del Sur Global, recibiendo el aliento entusiasta de ciertas ONG. Pero, al margen de ese contexto, el punto que ha encendido alertas en Chile ha sido la idea de vincular los asuntos tributarios con la normativa internacional sobre derechos humanos. Ello, pues los "términos de referencia" para la futura Convención -aprobados por la ONU a fines de 2023- establecen que los objetivos del acuerdo tributario deberán estar "alineados" con las obligaciones de los Estados en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
¿Qué puede significar eso? Los alcances, como suele ocurrir en estos documentos, no son claros y de allí las dudas. Ciertamente, ningún Estado podría ser obligado a someterse a más compromisos y tratados que aquellos que haya suscrito, pero en cambio sí pueden tener carácter vinculante para él las interpretaciones que de esos tratados hagan los órganos encargados de su aplicación. Desde esa perspectiva -se teme- la vinculación impuestos-derechos humanos puede terminar dejando entregadas al criterio de órganos del sistema internacional definiciones clave para las políticas tributarias de un país. Lo que puede ser un anticipo se acaba de ver en Chile a propósito de la Ley de Reconstrucción, cuando la Oficina Regional del Alto Comisionado de DD.HH. de la ONU se permitió formularle al Senado recomendaciones para analizar, "desde una perspectiva de derechos humanos", normas como la rebaja del impuesto corporativo o la invariabilidad tributaria. En la práctica, la carta del Alto Comisionado no tuvo mayor incidencia, pero tal vez la situación hubiera sido distinta de existir una Convención que expresamente alineara ambas temáticas. Y ello, sin considerar la interpretación que nuestra propia judicatura pudiere hacer de un instrumento así.
Es curioso que a sectores que con vehemencia cuestionaron precisamente las normas sobre invariabilidad tributaria por supuestamente restringir la soberanía democrática, no les haga ruido el riesgo de limitar por esta otra vía las decisiones futuras del país.