Viernes, 16 de Octubre de 2026

Un debate necesario

ChileEl Mercurio, Chile 15 de octubre de 2026

El caso de Aliste Vega reabre una discusión que el mundo político ha sido incapaz de resolver.

La muerte en prisión del exlautarista Juan Aliste Vega, condenado por el homicidio del cabo de Carabineros Luis Moyano, en 2007, reabrió una discusión que ha estado latente sin que exista -aparentemente- una real voluntad de resolverla, por la complejidad de sus alcances y por un cruce de visiones políticas contrapuestas que terminan trabando cualquier debate.
Se trata, en rigor, de un asunto de estricta justicia, cual es la adecuación entre la sanción penal y las circunstancias particulares del condenado, donde situaciones como la de una enfermedad terminal pueden elevar sustancialmente la aflictividad de la pena, al punto de hacerla incompatible con básicas consideraciones de dignidad humana. Nuestro ordenamiento carece hoy de herramientas apropiadas para abordar estos casos, de modo tal que su discusión suele terminar encauzándose por dos posibles vías: las solicitudes de indulto presidencial o la presentación de proyectos de ley.
En estas circunstancias, el mundo político se ha mostrado recurrentemente incapaz de llevar adelante el debate sin que termine contaminado por las pasiones ideológicas y las divisiones de nuestro pasado reciente. Así, la discusión ha derivado una y otra vez en una suerte de cálculo mezquino respecto de quiénes podrían ser beneficiados con la eventual decisión que se tome. No es extraño, por lo mismo, el punto ciego en que el país parece encontrarse a este respecto y que casos como el de Aliste Vega o los fallecimientos en prisión de militares de avanzada edad vienen a evidenciar.
Tal vez una forma de salir de ese callejón sea la de volver a lo esencial. Y es que, al margen de alcances políticos en uno u otro sentido, la muerte por enfermedad terminal de una persona que se encuentra encarcelada plantea una pregunta de fondo respecto del tratamiento que les está dando el Estado a quienes se encuentran bajo su custodia, y en qué medida se está cumpliendo con el deber mínimo de garantizar su dignidad. Preservar este valor cuando una persona vive sus momentos finales no implica minimizar la gravedad del daño causado por su delito, ni debilitar el castigo ejemplificador que toda condena conlleva, ni menos torcer una sentencia judicial. Por el contrario, y como está dicho, lo que hay aquí involucrado es una consideración humanitaria que no se contrapone a la justicia: implica dar a cada quien el trato que por su condición le corresponde.
Planteado así el problema, una sociedad democrática efectivamente comprometida con el respeto de los derechos humanos debiera ser capaz de encontrar formas de abordarlo con grados razonables de consenso. En este sentido, el uso prudencial y razonado de herramientas como el indulto presidencial no puede ser descartado a priori , particularmente frente a la urgencia de ciertas situaciones. Ello sin perjuicio de avanzar en iniciativas legales de aplicación general que fijen criterios de acción. Con todo, tal vez la solución más de fondo pase por retomar la tantas veces planteada idea de los tribunales de ejecución de penas, de modo de generar una institucionalidad que pueda hacerse cargo no solo de estos casos, sino de todo lo que involucra el adecuado cumplimiento de las condenas judiciales, sacando su discusión de la reyerta política cotidiana en que suele quedar atrapada.
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