Martes, 03 de Noviembre de 2026

Formal por un día

ColombiaEl Tiempo, Colombia 3 de noviembre de 2026

Stefano Farné

En Colombia trabajar por horas o por días es posible

Stefano Farné

En Colombia trabajar por horas o por días es posible. Por regla general, lo que no es posible es cotizar a la seguridad social por un monto inferior a un salario mínimo mensual. Sin embargo, existen excepciones. A los trabajadores dependientes (desde enero de 2014) e independientes (desde septiembre de 2026) que devengan ingresos inferiores a un salario mínimo mensual por laborar de forma habitual no más de 21 días al mes se les permite realizar aportes por una, dos o tres semanas sobre un ingreso de cotización proporcional al salario mínimo mensual. En particular, quien trabaja entre 1 y 7 días al mes debe cotizar a pensiones, y eventualmente a la caja de compensación, sobre un ingreso equivalente al 25% del salario mínimo; quien trabaja entre 8 y 14 días debe hacerlo sobre un ingreso equivalente al 50% del salario mínimo; y para quien trabaja entre 15 y 21 días la obligación es sobre un 75% del salario mínimo. Los trabajadores pueden ser beneficiarios de los regímenes subsidiado y contributivo de salud y, por lo tanto, no están obligados a cotizar al régimen contributivo. No obstante lo anterior, hay quien piensa que se debe flexibilizar aún más la forma de cotizar, permitiendo hacerlo sobre el ingreso efectivamente recibido y según el tiempo efectivamente trabajado. Es decir, que debería permitirse cotizar, ya no solo por semanas, sino por horas o por días trabajados. De esta forma se reduciría de manera importante la informalidad laboral. A pesar de su simplicidad conceptual, la cotización por días obliga a redefinir algunas nociones importantes. La primera es la de la propia informalidad. Si un trabajador cotiza solamente unos pocos días al mes, ¿se vuelve formal? Resulta difícil pensar que sí. Entonces, para fines de formalización, habrá que establecer un nuevo umbral mínimo de cotización: que, por ejemplo, un trabajador solo pueda considerarse formal si cotiza por los menos 15 días al mes. La otra cuestión que quedaría por definir es el régimen de salud -subsidiado o contributivo- al cual debería aportar el trabajador que cotiza por día. Y, más importante aún, habría que establecer las prestaciones a las cuales tendrá derecho el trabajador y su familia. Si una persona cotiza solo unos pocos días al mes, ¿a qué pensión tendrá derecho, si, por mandato constitucional, ninguna pensión en Colombia puede ser inferior a un salario mínimo legal vigente? En fin, cotizar a la seguridad social por días -es decir, ser formal por unos días- no puede considerarse una solución válida al problema de la informalidad y de la protección social. Una verdadera formalización se consigue solo si se generan y sostienen aumentos de la productividad, a través de políticas de desarrollo productivo, así como mediante políticas laborales, fiscales y financieras.
Observatorio del Mercado Laboral, U. Externado de Colombia.
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