Viernes, 26 de Abril de 2024

Fiscalía interrogará como imputado a general director de Carabineros en investigación por derechos humanos

ChileEl Mercurio, Chile 18 de febrero de 2020

El Ministerio Público también tomará declaración, pero en calidad de testigo, al comandante en jefe del Ejército, Ricardo Martínez, en la misma indagatoria.

"Se autoriza la citación y comparecencia en los términos que dichos preceptos prevén, esto es, en el lugar que ejercieren sus funciones o en su domicilio, proponiendo oportunamente la fecha y lugar correspondiente, previo acuerdo con el Ministerio Público y en las calidades que señala el ente persecutor", se lee en la resolución de la jueza del 7° Juzgado de Garantía, Pilar Ahumada.
Es la respuesta a la solicitud de la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, para tomar declaración en calidad de imputado al general director de Carabineros, Mario Rozas, y como testigo al comandante en jefe del Ejército, Ricardo Martínez, en la investigación que dirige por un grupo de querellas que denuncian la comisión de eventuales delitos de violaciones de los derechos humanos en el contexto de la crisis social iniciada el 18 de octubre de 2019.
La investigadora explica, al complementar su petición original al tribunal, que en el caso de Rozas la diligencia es en calidad de imputado porque "reviste en la presente investigación la calidad de querellado, desde que se han deducido querellas nominativas en su contra".
También indica al juzgado que en el caso de Martínez "no se han deducido querellas nominativas y el Ministerio Público, en esta etapa inicial de la investigación, no cuenta con antecedentes que justifiquen el tratamiento procesal de imputado".
La solicitud inicial de Perivancich fue ingresada al 7° Juzgado de Garantía el 7 de enero recién pasado. Posteriormente el tribunal le pidió antes de resolver "señálese expresamente la calidad" en que citaría ambas autoridades, lo que se detalló a comienzos de mes.
Diligencia "pertinente y necesaria", según Ministerio Público
Según el primer escrito de Perivancich, en que da cuenta de las razones para realizar estos interrogatorios, si bien la diligencia fue requerida por los querellantes en el caso -que acumula distintas acciones penales por hechos de similar naturaleza- el Ministerio Público ha accedido a tal diligencia "por estimarse pertinente y necesaria para el esclarecimiento de los hechos".
Esta indagatoria se abrió luego de que 16 abogados presentaran una querella contra el Presidente de la República, Sebastián Piñera, en noviembre pasado, dos semanas después del 18-O, por "la responsabilidad que le cabe, en su calidad de autor, como jefe de Estado y de todos quienes resulten responsables como autores, encubridores y/o cómplices del delito de crimen de lesa humanidad (...), como así también en lo pertinente a lo establecido en el Estatuto de Roma", indican en el texto.
Acusan, entre otras cosas, en la acción penal que en esas semanas de crisis social "las Fuerzas Policiales y Armadas procedieron a cometer una serie de acciones que tuvieron por finalidad la restricción ilegal de derechos y libertades, como así también la perpetración organizada, generalizada y sistemática de delitos", como "torturas y apremios ilegítimos", "abusos sexuales", "privación de libertad arbitraria", "detenciones selectivas de personas, detenciones ilegales", "destrucción de globo ocular de más de 150 personas, según comunicado del Colegio Médico".
Indagatoria original va sumando nuevas denuncias penales
A esta acción, que fue declarada admisible por el tribunal, en las semanas siguientes se sumaron otras denunciando hechos de similar naturaleza. Por ejemplo, las querellas presentadas por el senador Alejandro Navarro y por el secretario general de Revolución Democrática, Leonardo Risetti, y otros.
Ese mismo mes de noviembre, el abogado Samuel Donoso asumió la representación judicial del Presidente Piñera, de acuerdo al patrocinio y poder presentado ante el tribunal.
Un mes después lo hizo su par Luis Hermosilla por el exministro del Interior Andrés Chadwick -cuyo nombre venía incluido en la querella de Navarro- y le siguió el abogado Jorge Parra, quien asumió la defensa del general director de Carabineros, Mario Rozas.
Con este último, probablemente, deberá el Ministerio Público realizar las coordinaciones para próximas diligencias de la investigación que pudieran involucrar a la cabeza de la institución uniformada.
Querellantes
La causa se originó con la querella de 16 abogados y ha ido sumando acciones penales que denuncian hechos de similar naturaleza.
"Reviste en la presente investigación la calidad de querellado (...) De manera tal, que al tenor de lo dispuesto en el art. 7 del Código Procesal Penal, el señor Rozas deberá ser citado en calidad de imputado".
"No se han deducido querellas nominativas y el Ministerio Público, en esta etapa inicial de la investigación, no cuenta con antecedentes que justifiquen el tratamiento procesal de imputado (Martínez)".
EXTRACTO DEL ESCRITO DEL MINISTERIO PÚBLICO QUE COMPLEMENTA SOLICITUD DE DILIGENCIA ORIGINAL
Corte rechaza recurso por escopetas antidisturbiosEn una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado contra Carabineros y el Ministerio del Interior por el uso de escopetas antidisturbios en la disolución de manifestaciones públicas.
Se estableció que la acción intentada carece de la oportunidad necesaria , debido a que "se han dictado los protocolos y las instrucciones que regulan la utilización de los elementos disuasivos, entre los que cabe consignar la instrucción del general director de Carabineros de Chile, en orden a prohibir el empleo de la escopeta antidisturbios salvo el caso de peligro inminente para la vida de los funcionarios", consigna el fallo. Y, agrega además, que "los supuestos de hecho en que se permite el empleo de las denominadas escopetas antidisturbios son similares a aquellos en que la ley faculta para obrar en legítima defensa. Ahora bien, la contravención a esta normativa es evidentemente ilegal, pero obviamente también esa contravención no convierte en ilegal a la normativa".
La resolución la adoptaron los ministros Tomás Gray, Lidia Poza y el abogado integrante Rodrigo Asenjo.
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