Suprema respalda a TDLC y desecha reclamaciones de canales de TV y otros
Intentaron revertir decisión de tribunal de no ejercer facultad propositiva en el mercado de derechos de autor.
La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de reclamación presentados por la Asociación Nacional de Televisión A.G. (Anatel), la Red Televisiva Megavisión S.A.(Mega), la Asociación de Radiodifusores de Chile (Archi), la empresa Producciones Megavisión Limitada (Promega) y la Asociación Gremial de Empresarios Hoteleros de Chile (Hoteles de Chile) contra la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLDC), que desechó ejercer facultad propositiva en el mercado de derechos de autor.
En la sentencia, el máximo tribunal determinó que el TDLC no incurrió en infracción al decidir, el año pasado, no hacer uso de la facultad de solicitar al Presidente de la República la regulación en el mercado, debido a una supuesta posición monopólica de las Entidades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor (EGCs).
Según el voto de mayoría -de los ministros María Eugenia Sandoval, Leopoldo Llanos y Jorge Zepeda-, no existen fallas a la libre competencia en los derechos de autor, atendido las particulares condiciones del mercado que entregan a la EGCs la administración colectiva de los derechos intelectuales de creadores artísticos.
"Lo cierto es que la LPI (Ley de Propiedad Intelectual), como bien lo señalan los jueces de base, establece en principio una etapa unilateral de fijación de las tarifas en favor de las EGCs, pero también contempla la posibilidad de que las asociaciones de usuarios puedan negociar directamente con estas, planes tarifarios alternativos a los cuales, además, puede adscribirse cualquier usuario que se ubique dentro de la misma categoría, mecanismo este último que ha sido recurrentemente utilizado en el medio local", consigna el fallo, entre otras consideraciones.
El voto de minoría fue de los ministros Sergio Muñoz y Ángela Vivanco.
Planes
Hay una fijación tarifaria, pero también una posibilidad de negociar planes alternativos, dice el fallo.