El respeto a la autonomía de la voluntad
Durante muchos años, las personas nos hemos preocupado por pensar cuál será el destino de nuestros bienes al momento de morir
Durante muchos años, las personas nos hemos preocupado por pensar cuál será el destino de nuestros bienes al momento de morir. Los profesionales especializados, guiándonos con su asesoramiento y consejo, dan soluciones y alternativas que nos permiten planificar con tranquilidad y confianza.
De forma similar, en los últimos tiempos hemos comenzado a reflexionar también sobre qué sucedería con nosotros o nuestros bienes en caso de que, por alguna circunstancia, aun estando con vida, no tengamos autonomía y capacidad de decisión. También en estos casos tenemos la posibilidad de que los profesionales nos brinden asistencia, adaptando las opciones a nuestra realidad particular e interpretando fielmente nuestra voluntad.
La posibilidad de tomar decisiones anticipadas sobre nuestro futuro es un derecho sobre el cual debemos seguir trabajando y avanzando, teniendo en cuenta que en un sistema democrático de gobierno los poderes del Estado cumplen roles fundamentales e indelegables. Por ello, cobra especial importancia la presentación del proyecto de ley nacional de autoprotección y poderes preventivos, que fue ingresado bajo el número 1979/24 por el senador nacional por La Rioja Juan Carlos Pagotto. La iniciativa surge del trabajo realizado por él junto a su cuerpo de asesores para materializar una demanda social que, cuando finalmente se convierta en ley, permitirá dar más y mejores soluciones a toda la comunidad.
El proyecto, en su artículo 4, establece que el acto de autoprotección puede contener directivas anticipadas sobre materias autorreferentes como la salud del otorgante, su cuidado personal y las personas designadas al efecto, su lugar de residencia, su patrimonio, el respeto y cumplimiento de prácticas de acuerdo con sus propias creencias, credos o cultos. Además, permite disponer sobre un tratamiento especial en casos de adicciones, la designación de los propios apoyos o curadores y la de una o más personas para que lo representen y hagan cumplir la voluntad expresada, incluso en lo referente a su identidad digital.
El otorgante también puede indicar directivas referentes a sus mascotas y otros seres sintientes no humanos, respetar su derecho de permanencia con el otorgante o disponer de fondos para su destino y su cuidado.
En definitiva, los actos de autoprotección y poderes preventivos, que podrán ser otorgados por escritura pública o ante autoridad judicial, y libremente modificados o revocados por quien los otorgó, serán de suma utilidad para el ciudadano, ya que por intermedio de los mismos cumplirá su propio proyecto de vida respetándose sus tradiciones y creencias.
Por otro lado, en lo relacionado con el derecho de autoprotección existen ya valiosos antecedentes. Desde 2005, por ejemplo, funciona en el Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires el Registro de Actos de Autoprotección, donde se inscriben las directivas anticipadas otorgadas ante notario.
La jurisprudencia también da cuenta de la importancia de este tipo de actos. Como ejemplo, podemos citar un caso emblemático de 2005, en Mar del Plata. En dicha ocasión, se dictó sentencia en el llamado caso "M" y se hizo lugar al pedido de que se respetase la directiva anticipada de salud, que se había realizado por escritura e inscripto en el mencionado Registro del Colegio de Escribanos bonaerense.
Por todo esto, es altamente valorable que desde el Poder Legislativo, a través de los diputados y senadores, se recepten las nuevas necesidades de la comunidad y se presenten proyectos de ley como el de autoprotección. y poderes preventivos. Es el Congreso el ámbito más propicio para que, con el trabajo en comisión, el aporte de los profesionales especializados en la temática, y el debate en las cámaras, se dé forma a una legislación que mejore la calidad de vida de las personas, priorizando su voluntad en los momentos de mayor vulnerabilidad. Iniciativas como estas deben unir a todos los representantes del arco político, sin distinción de ideología, legislando con el objetivo de otorgar tranquilidad al ciudadano y fundamentalmente favorecer la paz social.ß
Presidente del Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires