Martes, 03 de Noviembre de 2026

Canasta familiar, duro escollo para la ley de rescate fiscal

ColombiaEl Tiempo, Colombia 3 de noviembre de 2026

La ley de rescate fiscal que impulsa el Gobierno contempla cambios en el IVA que alcanzarían a varios productos de consumo cotidiano, incluidos alimentos que hoy están excluidos o exentos del impuesto

La ley de rescate fiscal que impulsa el Gobierno contempla cambios en el IVA que alcanzarían a varios productos de consumo cotidiano, incluidos alimentos que hoy están excluidos o exentos del impuesto. Así lo advirtió Lisandro Junco, exdirector de la Dian, quien señaló que frutas, verduras, hortalizas, fríjoles y queso fresco pasarían a tener una tarifa del 19%, aunque otros productos básicos, como carne, pollo, huevo, leche y pescado, seguirían excluidos. "Hay que decirlo abiertamente: sí se grava la canasta familiar, pero no toda", afirmó Junco al analizar los componentes de la iniciativa y sus posibles efectos sobre los hogares colombianos. El exfuncionario advirtió que el alcance de los cambios no se limita al precio que pagan los consumidores, sino que también podría trasladarse a los costos de producción y generar presiones adicionales sobre la inflación. La propuesta plantea una modificación de diferentes tratamientos tributarios. Entre los cambios está la eliminación de la tarifa diferencial del 5% para determinados bienes, la reducción de la lista de productos excluidos y la salida de algunos bienes que actualmente tienen tarifa cero. Según Junco, estas modificaciones ampliarían considerablemente la cantidad de productos que pasarían a pagar la tarifa general del IVA. Uno de los cambios más sensibles está relacionado con los productos que actualmente no causan IVA o cuentan con una tarifa del 0%. Junco explicó que la iniciativa modificaría el artículo 477 del Estatuto Tributario, que contempla bienes exentos, y retiraría de esa categoría varios que comenzarían a pagar el 19%. El exdirector de la Dian considera que este es uno de los componentes más relevantes para los consumidores. Dentro de los alimentos que pasarían a tener la tarifa general mencionó frutas, verduras, hortalizas, fríjoles, miel y queso fresco, a los que no les aplica la tarifa general. Su incorporación al IVA del 19% representaría un cambio en las condiciones de comercialización y podría reflejarse en los precios finales. Sin embargo, la propuesta no eliminaría todos los tratamientos preferenciales para los alimentos. Junco precisó que productos como carne, pollo, huevo, leche y pescado continuarían sin IVA, al igual que los medicamentos. Esta distinción es importante porque el proyecto no plantea gravar de manera generalizada todos los componentes de la canasta familiar, sino modificar el tratamiento de algunos grupos de bienes. A estos cambios se sumaría la eliminación de la tarifa del 5% para diferentes bienes. De acuerdo con Junco, productos como café, trigo, avena, harina de trigo, soya, aceites en bruto de palma y girasol, y pastas pasarían a la tarifa del 19%. Esto representaría un incremento de 14 puntos porcentuales frente al tratamiento actual. El cambio también alcanzaría a otros bienes de consumo. Los licores, vinos y aperitivos, hoy con el 5%, pasarían al 19%. A su vez, vehículos eléctricos e híbridos, cargadores, motocicletas eléctricas, bicicletas y bicicletas eléctricas perderían el tratamiento preferencial. Estas modificaciones comenzarían a reflejarse a partir de 2028. Otro de los ajustes se concentraría en los bienes excluidos, que hoy contempla 110 partidas de productos que no causan IVA. Según las cifras expuestas por el exfuncionario, con el cambio solamente permanecerían 19 bienes en esa categoría. Ahora bien, más allá de lo complejo que será defender que se toque parte de la canasta familiar, el exministro de Hacienda, Juan Camilo Retrepo, tiene dudas de que alcance a tramitar en mes y medio un proyecto de alto calado fiscal. "Veo muy improbable que alcance a ser evacuada por el congreso oportunamente antes de terminar esta legislatura que concluye el 16 de diciembre; a escasos mes y medio", trinó Restrepo. Y en medio de las retiscencias que genera el nombre de Alejandro Ordoñez como ministro del Interior, Restrepo cree que el Gobierno no puede ocultar que algunas de las normas propuestas golpean directamente a las clases medias; lo cual "le dará municiones a la oposición, que será feroz en un ambiente donde las mayorías gubernamentales son precarias. costos de producción Por otro lado, la preocupación de Junco no se concentra en el IVA que pagarían los consumidores. El exdirector de la Dian advirtió que algunos de los cambios también afectarían los insumos utilizados en las actividades agropecuarias, lo que podría generar un efecto adicional sobre los precios de los alimentos. En su análisis, el encarecimiento de estos elementos podría trasladarse progresivamente a diferentes eslabones de las cadenas productivas. Entre los bienes mencionados están los concentrados para animales, fungicidas, fumigadoras, ordeñadoras y otros elementos relacionados con la producción del sector agropecuario. También los plaguicidas y abonos utilizados para preparar los cultivos y alimentar los animales que luego llegan al mercado para el consumo. Estos insumos pasarían a tener una tarifa del 19%, de acuerdo con su explicación. Rentas de personas naturales Aunque el IVA concentra buena parte del ambicioso proyecto de ley, la propuesta también introduce modificaciones al impuesto de renta de las personas naturales. Uno de los cambios sería la reducción del umbral a partir del cual se empieza a tributar, que pasaría de 1.090 UVT a 720 UVT anuales. Según el exfuncionario, esto ampliaría la base de contribuyentes e incorporaría a más asalariados y trabajadores independientes. Con la referencia de la UVT de 2027, el nuevo umbral equivaldría aproximadamente a $38 millones anuales, frente a los cerca de $57 millones que representa el límite actual. Para este nuevo tramo se establecería una tarifa marginal inicial del 9%. No obstante, Junco aclaró que ese porcentaje no se aplicaría sobre la totalidad de los ingresos, pues antes deben descontarse conceptos como aportes obligatorios a salud y pensión, cesantías y otros ingresos exentos.
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